Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062301)
Resolución de 5 de julio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para almazara y balsa de evaporación de efluentes promovida por Pago de los Baldíos de San Carlos, SL, en el término municipal de Majadas.
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NÚMERO 142

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Lunes, 26 de julio de 2021

ambiental unificada el montaje, explotación, traslado o modificación sustancial, de las instalaciones de titularidad pública o privada en las que se desarrolle alguna de las actividades que
se incluyen en el Anexo II de la presente ley”.
La actividad cuya autorización se pretende, se encuentra incluida en el ámbito de aplicación
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. En concreto, en la categoría 9.1 del Anexo II, relativa a “Instalaciones para la
valorización y eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no
incluidas en el Anexo I”.
A la vista de los anteriores Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y del informe
técnico, habiéndose dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, la
Dirección General de Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar autorización ambiental unificada a favor de Pago de los Baldíos de San Carlos, SL,
para almazara y balsa de evaporación de efluentes, categoría 9.1 del anexo II, relativa a “Instalaciones para la valorización y eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el Anexo I”, ubicada en el término municipal Majada, a los
efectos recogidos en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, y en el Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba
el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, señalando que en el ejercicio de la actividad se deberá cumplir el condicionado
fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que
ésta contradiga a la presente autorización, sin perjuicio de las prescripciones de cuanta normativa sea de aplicación a la actividad de referencia en cada momento. El n.º de expediente
de la actividad proyectada es el AAU 19/155.
CONDICIONADO DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA
- a - Medidas relativas a la prevención, minimización, almacenamiento, gestión y
control de los residuos generados en la actividad.
1. L
 a actividad generará los siguientes residuos no peligrosos:

CÓDIGO LER

02 03 01

(1)

RESIDUO

ORIGEN

DESTINO

Lodos de lavado, limpieza, pelado,
centrifugado y separación

Aguas oleosas
almazara

Gestor
Autorizado