Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud Pública. Intervención Administrativa. (2021062369)
Resolución de 26 de julio de 2021, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 25 de julio de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se establece la medida temporal y específica de restricción de la entrada y salida de los municipios de Hornachos, Los Santos de Maimona y Siruela.
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EXTRAORDINARIO NÚMERO 12

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Lunes 26 de julio de 2021

Ante la aparición de casos en aumento en el municipio de Siruela en la última semana, con
la tendencia al empeoramiento que muestra y teniendo en cuenta los casos y contactos
estrechos activos, que aún pueden generar más casos y contactos en el municipio en los
próximos días, pudiendo dificultar el control de la trasmisión comunitaria del virus dentro
del mismo al tener un total de 41 casos en seguimiento/cuarentena que potencialmente
pueden desarrollar la enfermedad y que mayoritariamente se concentran en el grupo de,
edad 20-29 años, aún sin vacunar o con bajas coberturas vacunales y por tanto mucho
más susceptible de infectarse y a su vez transmitir la enfermedad, el referido informe
concluye recomendando que además de las medidas de alcance generalizado aplicables
en toda la Comunidad Autónoma, durante un periodo de catorce días, periodo máximo de
incubación de la enfermedad y que se adopta como parámetro temporal fundamental para
valorar la tasa de incidencia y la tendencia de esta en el ámbito geográfico analizado, se
declare en el municipio el nivel de alerta 3, y derivado de dicha declaración, se establezca
la medida de limitación de la entrada y salida en dicho municipio sin necesidad de implementar el resto de medidas aplicables en el nivel de alerta correspondiente ya que es la
medida que se ha demostrado más eficaz cuando ha sido implementada para evitar, en
particular, la propagación de la enfermedad fuera de los ámbitos geográficos afectados,
todo ello sin perjuicio de la posibilidad de implementar medidas adicionales restrictivas
asociadas al nivel de alerta 3 si la situación epidemiológica del municipio lo requiriese y de
su revisión en cualquier momento en función de la situación puntual que vaya presentando
la localidad, mediante la monitorización de su situación a través de los datos de la Red de
Vigilancia Epidemiológica de Extremadura.
II
En otro orden de ideas y a colación de lo expuesto, es de destacar que en todos informes de
23 de julio de 2021, emitidos por la Dirección General de Salud Pública en relación con los
municipios de Hornachos, Los Santos de Maimona y Siruela se recoge como consideraciones
especiales la siguiente apreciación: “En consonancia con las medidas establecidas en la Estrategia de Detección Precoz, Vigilancia y Control de COVID-19 actualizada a 5 de julio de 2021,
que ha sido aprobada por la Ponencia de Alertas y la Comisión de Salud Pública del Consejo
Interterritorial de Sistema Nacional de Salud; las personas que han recibido una pauta de vacunación completa se les autorizará para salir o entrar del municipio. Se recomendará evitar
el contacto con personas vulnerables. Asimismo, se les indicará el uso de mascarilla en sus
interacciones sociales y no acudir a eventos multitudinarios”. A tal efecto y de conformidad
con dicha recomendación, se ha previsto en el presente acuerdo como excepción a la restricción de entrada y salida de los respectivos municipios, el desplazamiento de personas que
acrediten fehacientemente, mediante documentación válida emitida por el Sistema Sanitario
de Salud, que poseen las pautas de vacunación completa.