Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Trámites Telemáticos. (2021062300)
Resolución de 14 de julio de 2021, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se hace pública la disponibilidad de la tramitación por medios electrónicos del procedimiento de "Expedición de certificado de empresa, para la manipulación de gases fluorados" y se publica el modelo de formulario asociado a la tramitación.
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NÚMERO 142
Lunes, 26 de julio de 2021

38447

RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2021, de la Dirección General de Industria,
Energía y Minas, por la que se hace pública la disponibilidad de la tramitación
por medios electrónicos del procedimiento de "Expedición de certificado de
empresa, para la manipulación de gases fluorados" y se publica el modelo de
formulario asociado a la tramitación. (2021062300)
Por el Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los
profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las
instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados.
En su disposición adicional primera, sobre los organismos de certificación de empresas,
queda establecido que se otorgarán por los servicios competentes en materia de industria de la comunidad autónoma, los certificados previstos en el Reglamento de Ejecución
(UE) 2015/2067 de la Comisión, de 17 de noviembre de 2015 y en el Reglamento (CE) n.º
304/2008 de 2 de abril de 2008, en el ámbito del Reglamento de instalaciones de protección contra incendios aprobado por el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, del
Reglamento de seguridad de instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por el Real Decreto 138/2011, de 4 de febrero o del Reglamento de
instalaciones térmicas en edificios aprobado por el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.
La Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, junto con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contemplan que la tramitación electrónica debe constituir la actuación habitual
de las Administraciones Públicas, para servir mejor a los principios de eficacia, eficiencia, al
ahorro de costes, a las obligaciones de transparencia y a las garantías de los ciudadanos.
La realización de este trámite, se efectuarán por medios electrónicos y de conformidad con
el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, siendo la Sede Electrónica Corporativa
de la Junta de Extremadura el punto de acceso para la presentación por parte de los interesados de cualquier declaración responsable, comunicación o documento.
Los titulares de estas actividades, dada su capacidad económica, pero ante todo su capacidad técnica y dedicación profesional, tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos, necesarios para relacionarse con la Administración.
Un vez que se han desarrollado las herramientas de tramitación por medios electrónicos,
las aplicaciones informáticas han sido habilitadas y es posible el uso por los ciudadanos,
procede hacer pública dicha disponibilidad y publicar el modelo de formulario a emplear
para cada uno de ellos.