Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062316)
Resolución de 19 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y Fundación Profuturo para el desarrollo del proyecto "Docentes Digitales".
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NÚMERO 141
Viernes, 23 de julio de 2021
38116
y Empleo a los que haya tenido acceso; (ii) los datos personales generados por
causa de su tratamiento; y (iii) los soportes y documentos en que cualquiera de
estos datos conste, sin conservar copia alguna; salvo que se permita o requiera
por ley o por norma de derecho comunitario su conservación, en cuyo caso no
procederá la destrucción. Los datos podrán no obstante conservarse durante
el tiempo que puedan derivarse responsabilidades como consecuencia de la
ejecución del presente Convenio. En este último caso, los datos personales se
conservarán bloqueados y por el tiempo mínimo, destruyéndose de forma segura y definitiva al final de dicho plazo.
9.2.4. L as obligaciones recogidas en esta Cláusula subsistirán a la extinción del presente
Convenio.
Décima. Cumplimiento de las leyes sobre la lucha contra la corrupción.
10.1 La Consejería de Educación y Empleo se compromete, reconoce y garantiza que:
a) Conservará y mantendrá libros y registros financieros precisos y razonablemente detallados con relación a este Convenio y el objeto del mismo;
b) Dispone de, y mantendrá en vigor durante la vigencia de este Convenio, políticas o
procedimientos propios para garantizar el cumplimiento de la Normativa sobre Lucha
contra la Corrupción, y suficientes para asegurar razonablemente que cualquier violación de dicha Normativa sobre Lucha contra la Corrupción se prevendrá, detectará y
disuadirá;
c) Comunicará de inmediato a Fundación ProFuturo el eventual incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones descritas en los párrafos (a) y (b) de esta Cláusula. En dicho
caso de incumplimiento, Fundación ProFuturo se reserva el derecho a exigir a la Consejería de Educación y Empleo la inmediata adopción de medidas correctivas apropiadas;
d) A efectos aclaratorios, las manifestaciones, garantías y compromisos de la Consejería
de Educación y Empleo recogidos en esta Cláusula serán aplicables de manera íntegra
a cualesquiera terceros sujetos al control o influencia de la Consejería de Educación y
Empleo o que actúen en nombre de la misma, con relación al presente Acuerdo; de forma que la Consejería de Educación y Empleo manifiesta que ha adoptado las medidas
razonables para asegurar el cumplimiento de lo anterior por parte de dichos terceros.
Asimismo, ningún derecho u obligación relacionado directamente con el objeto del presente Convenio será cedido, transferido o subcontratado a cualquier tercero sin el previo consentimiento por escrito de Fundación ProFuturo;
Viernes, 23 de julio de 2021
38116
y Empleo a los que haya tenido acceso; (ii) los datos personales generados por
causa de su tratamiento; y (iii) los soportes y documentos en que cualquiera de
estos datos conste, sin conservar copia alguna; salvo que se permita o requiera
por ley o por norma de derecho comunitario su conservación, en cuyo caso no
procederá la destrucción. Los datos podrán no obstante conservarse durante
el tiempo que puedan derivarse responsabilidades como consecuencia de la
ejecución del presente Convenio. En este último caso, los datos personales se
conservarán bloqueados y por el tiempo mínimo, destruyéndose de forma segura y definitiva al final de dicho plazo.
9.2.4. L as obligaciones recogidas en esta Cláusula subsistirán a la extinción del presente
Convenio.
Décima. Cumplimiento de las leyes sobre la lucha contra la corrupción.
10.1 La Consejería de Educación y Empleo se compromete, reconoce y garantiza que:
a) Conservará y mantendrá libros y registros financieros precisos y razonablemente detallados con relación a este Convenio y el objeto del mismo;
b) Dispone de, y mantendrá en vigor durante la vigencia de este Convenio, políticas o
procedimientos propios para garantizar el cumplimiento de la Normativa sobre Lucha
contra la Corrupción, y suficientes para asegurar razonablemente que cualquier violación de dicha Normativa sobre Lucha contra la Corrupción se prevendrá, detectará y
disuadirá;
c) Comunicará de inmediato a Fundación ProFuturo el eventual incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones descritas en los párrafos (a) y (b) de esta Cláusula. En dicho
caso de incumplimiento, Fundación ProFuturo se reserva el derecho a exigir a la Consejería de Educación y Empleo la inmediata adopción de medidas correctivas apropiadas;
d) A efectos aclaratorios, las manifestaciones, garantías y compromisos de la Consejería
de Educación y Empleo recogidos en esta Cláusula serán aplicables de manera íntegra
a cualesquiera terceros sujetos al control o influencia de la Consejería de Educación y
Empleo o que actúen en nombre de la misma, con relación al presente Acuerdo; de forma que la Consejería de Educación y Empleo manifiesta que ha adoptado las medidas
razonables para asegurar el cumplimiento de lo anterior por parte de dichos terceros.
Asimismo, ningún derecho u obligación relacionado directamente con el objeto del presente Convenio será cedido, transferido o subcontratado a cualquier tercero sin el previo consentimiento por escrito de Fundación ProFuturo;