Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062317)
Resolución de 19 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo de Colaboración Social para la utilización de la plataforma de presentación y pago telemático de la Junta de Extremadura con la Asociación Española de Consultores de Empresa.
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NÚMERO 141
Viernes, 23 de julio de 2021

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3º Cumplir los requisitos que para el tratamiento automatizado de datos de carácter personal se exigen en la normativa vigente y, en particular, en la Ley Orgánica 3/2018, de
5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
4º Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones formales y materiales con la
Junta de Extremadura.
5º Sujetarse al resto de condiciones y al procedimiento establecidos en la Orden de 2 de
diciembre de 2010, -modificada según Orden de 13 de enero de 2021 DOE n.º 16- por
la que se regula el procedimiento general para la presentación y el pago telemático de
declaraciones y autoliquidaciones de impuestos gestionados por la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en el resto de normativa aplicable.
Además de los requisitos anteriormente citados, y a efectos de dar cumplimiento a la obligación
de aportar documentación anexa que, en su caso, pueda exigirse junto a la declaración o autoliquidación, cuando los medios técnicos lo permitan, los representantes profesionales vendrán
obligados a presentar en el Registro Telemático de la Junta de Extremadura, con su correspondiente certificado digital, dicha documentación. A estos efectos, la Dirección General competente
en materia de hacienda pondrá en conocimiento de la Asociación Española de Consultores de
Empresa el momento en que deberá remitirse dicha información por la citada vía.
Hasta entonces, deberá presentarse la documentación anexa en el plazo de quince días naturales, a contar desde el día siguiente a la presentación y pago telemático, en el Servicio
Fiscal, Oficina Gestora u Oficina Liquidadora de Distrito Hipotecario de Extremadura competente junto a una copia del documento emitido por la Plataforma Telemática justificativo de
la presentación de la declaración o autoliquidación, de conformidad con el artículo 17.1 de la
Orden de 2 de diciembre de 2010 ,-modificada según Orden de 13 de enero de 2021 DOE n.º
16- por la que se regula el procedimiento para la presentación y el pago telemático de declaraciones y autoliquidaciones de impuestos gestionados por la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
El presente acuerdo obliga a la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y
al representante de la Asociación Española de Consultores de Empresa vinculado al mismo a
prestarse mutua colaboración para conseguir los fines perseguidos.
El incumplimiento de las obligaciones a que se refiere el presente acuerdo por parte del representante de la Asociación Española de Consultores de Empresa supondrá que dicho representante quede excluido de este sistema de representación, procediendo a darlo de baja en el
censo de profesionales adheridos sin que pueda proceder a presentar de forma telemática ni
declaraciones ni autoliquidaciones de terceras personas ni tramitar telemáticamente el pago