Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Ayudas. (2021062308)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la ampliación del crédito asignado a la Resolución de 18 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas destinadas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, escolarizados en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2020/2021.
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NÚMERO 141
Viernes, 23 de julio de 2021

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la
ampliación del crédito asignado a la Resolución de 18 de septiembre de
2020, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la
que se convocan ayudas destinadas al alumnado con necesidades específicas
de apoyo educativo, escolarizados en centros docentes sostenidos con
fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso
2020/2021. (2021062308)
BDNS(Identif.):525628
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura núm.
191, de 1 de octubre de 2020, extracto de la Resolución de 18 de septiembre de 2020, de la
Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas destinadas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, escolarizados en centros
docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para
el curso 2020/2021, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es).
En relación con el procedimiento de concesión directa, mediante convocatoria abierta se establece en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que en las convocatorias se determinarán las aplicaciones,
proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de
vigencia de la convocatoria, las cuales podrán ampliarse en función de las disponibilidades
presupuestarias.
El artículo 39.4 del mismo texto legal indica el procedimiento que debe seguirse en la tramitación presupuestaria para las variaciones que puedan producirse respecto a los proyectos de
gastos o aplicaciones presupuestarias, o cuantías previstas inicialmente en las convocatorias
abiertas por concesión directa. Dicho procedimiento exigirá la modificación previa del expediente de gasto, previo informe de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial
de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del
órgano competente para la aprobación de la convocatoria en el que se recojan, de acuerdo
con la modificación producida, como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyecto y aplicaciones presupuestarias.
Por todo lo anterior se procede al anuncio de la variación en la cuantía de los créditos recogidos en el apartado 6, de la Resolución de 18 de septiembre de 2020, de la Dirección General