Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0052)
Acuerdo de 25 de febrero de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre aprobación del Plan General Municipal "Simplificado" de Acehúche.
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NÚMERO 141
Viernes, 23 de julio de 2021
38188
- Almacenamiento de residuos-escombreras. Salvo los de escasa entidad, asociados a
pequeñas explotaciones ganaderas domésticas o en régimen extensivo (por ejemplo,
para compostaje doméstico)
- Instalaciones industriales
- Instalaciones Destinadas a la Obtención de Energías Renovables, sin incluir las
pequeñas instalaciones de autoconsumo.
- Centro de desinfección de vehículos.
- Vivienda Unifamiliar vinculada a la explotación en las Zonas de Interés Prioritario,
Zonas de Alto Interés y en las Áreas sensibles para la fauna protegida de los espacios
de Red Natura 2000 que se incluyen en la presente categoría de suelo.
- Equipamientos colectivos: Infraestructuras y sistemas generales e instalaciones
asociadas al medio natural y los Alojamientos rurales o instalaciones turísticas, en las
Zonas de Interés Prioritario, Zonas de Alto Interés y en las Áreas sensibles para la
fauna protegida de los espacios de Red Natura 2000 que se incluyen en la presente
categoría de suelo, salvo los vinculados a Centro de Interpretación del Medio
Natural.
Usos autorizables:
- Actividades extractivas.
Las nuevas actividades extractivas se localizarán preferiblemente fuera de la Red
Natura 2000 y de las zonas de Dominio Público Hidráulico y de Servidumbre. Dentro
de la Red Natura 2000 podrán mantenerse las actividades extractivas existentes
conforme a la normativa sectorial vigente, siempre que no comprometan el estado de
conservación de las especies Natura 2000 y hábitat se interés comunitario y cuenten
con todas las autorizaciones administrativas pertinentes.
- Líneas eléctricas aéreas y líneas telefónicas aéreas.
Las nuevas líneas eléctricas, salvo que no existan alternativas técnicas, económicas
y/o ambientalmente viables, se emplazarán fuera de ZIP. Así mismo, en la ZAI de las
ZEPA, las nuevas líneas de alta tensión (tensión nominal eficaz en fases igual o
superior a IKV) que puedan comprometer el estado de conservación de las especies
por las que fueron designadas, serán enterradas si ambiental, técnica y
económicamente viable y en los casos en los que la zona esté declarada también
como ZEC, siempre y cuando no se comprometa el estado de conservación de los
hábitats y/o especies por los que fue declarada.
USOS
PERMITIDOS
Construcciones e Instalaciones en Explotaciones Agrícolas,
Ganaderas, Forestales, Cinegéticas, o Análogas
Las edificaciones o instalaciones que se podrán autorizar edificar
con carácter ordinario en suelo no urbanizable son las adecuadas a
la naturaleza y destino de la finca y ajustadas a la normativa agraria.
Se considera que tiene cabida dentro de este uso la ejecución de
instalaciones de almacenaje, clasificación, envasado y distribución
relativas a la actividad productiva del medio agrícola o ganadero,
OBSERVACIONES
aunque no se encuentre ligadas directamente a la propia explotación
agrícola.
Parcela Mínima: 15.000 m2
Retranqueo a Linderos: 5 m
Retranqueo a eje de caminos o vías de acceso: 15 m
Tipología de la Edificación: Aislada
Edificabilidad Máxima: 0,03 m2/m2
34
Viernes, 23 de julio de 2021
38188
- Almacenamiento de residuos-escombreras. Salvo los de escasa entidad, asociados a
pequeñas explotaciones ganaderas domésticas o en régimen extensivo (por ejemplo,
para compostaje doméstico)
- Instalaciones industriales
- Instalaciones Destinadas a la Obtención de Energías Renovables, sin incluir las
pequeñas instalaciones de autoconsumo.
- Centro de desinfección de vehículos.
- Vivienda Unifamiliar vinculada a la explotación en las Zonas de Interés Prioritario,
Zonas de Alto Interés y en las Áreas sensibles para la fauna protegida de los espacios
de Red Natura 2000 que se incluyen en la presente categoría de suelo.
- Equipamientos colectivos: Infraestructuras y sistemas generales e instalaciones
asociadas al medio natural y los Alojamientos rurales o instalaciones turísticas, en las
Zonas de Interés Prioritario, Zonas de Alto Interés y en las Áreas sensibles para la
fauna protegida de los espacios de Red Natura 2000 que se incluyen en la presente
categoría de suelo, salvo los vinculados a Centro de Interpretación del Medio
Natural.
Usos autorizables:
- Actividades extractivas.
Las nuevas actividades extractivas se localizarán preferiblemente fuera de la Red
Natura 2000 y de las zonas de Dominio Público Hidráulico y de Servidumbre. Dentro
de la Red Natura 2000 podrán mantenerse las actividades extractivas existentes
conforme a la normativa sectorial vigente, siempre que no comprometan el estado de
conservación de las especies Natura 2000 y hábitat se interés comunitario y cuenten
con todas las autorizaciones administrativas pertinentes.
- Líneas eléctricas aéreas y líneas telefónicas aéreas.
Las nuevas líneas eléctricas, salvo que no existan alternativas técnicas, económicas
y/o ambientalmente viables, se emplazarán fuera de ZIP. Así mismo, en la ZAI de las
ZEPA, las nuevas líneas de alta tensión (tensión nominal eficaz en fases igual o
superior a IKV) que puedan comprometer el estado de conservación de las especies
por las que fueron designadas, serán enterradas si ambiental, técnica y
económicamente viable y en los casos en los que la zona esté declarada también
como ZEC, siempre y cuando no se comprometa el estado de conservación de los
hábitats y/o especies por los que fue declarada.
USOS
PERMITIDOS
Construcciones e Instalaciones en Explotaciones Agrícolas,
Ganaderas, Forestales, Cinegéticas, o Análogas
Las edificaciones o instalaciones que se podrán autorizar edificar
con carácter ordinario en suelo no urbanizable son las adecuadas a
la naturaleza y destino de la finca y ajustadas a la normativa agraria.
Se considera que tiene cabida dentro de este uso la ejecución de
instalaciones de almacenaje, clasificación, envasado y distribución
relativas a la actividad productiva del medio agrícola o ganadero,
OBSERVACIONES
aunque no se encuentre ligadas directamente a la propia explotación
agrícola.
Parcela Mínima: 15.000 m2
Retranqueo a Linderos: 5 m
Retranqueo a eje de caminos o vías de acceso: 15 m
Tipología de la Edificación: Aislada
Edificabilidad Máxima: 0,03 m2/m2
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