Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0052)
Acuerdo de 25 de febrero de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre aprobación del Plan General Municipal "Simplificado" de Acehúche.
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NÚMERO 141

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Viernes, 23 de julio de 2021

Instalaciones en Relación a Infraestructuras o Servicios Públicos.
USOS
PERMITIDOS

Equipamientos Colectivos

Requiere concesión de Calificación Urbanística.
Las infraestructuras y sistemas generales así definidas no requerirán
Calificación Urbanística, así como, las instalaciones asociadas al medio
natural cuando el promotor sea público.
Infraestructuras y sistemas generales: Infraestructuras básicas del
territorio e instalaciones constitutivas de sistemas generales
municipales que parcial o totalmente deban implantarse en el Suelo
No Urbanizable. Se incluyen aquí los embalses o depósitos de agua,
líneas de baja, media o alta tensión, conductos de abastecimiento y
saneamiento de agua.
Se regirán por la normativa sectorial que les sea de aplicación.
Instalaciones asociadas al medio natural: Instalaciones de cualquier
naturaleza que, por la actividad que vayan a realizar, tengan que estar
OBSERVACIONES asociadas al medio natural. Se pueden citar a título informativo:
piscifactorías,
granjas-escuelas,
campamentos
de
turismo,
Alojamientos en la tipología de Rurales, Centros de Interpretación o
Información Ambiental....
Parcela Mínima. Superficie Mínima: 15.000 m2
Retranqueo a Linderos: 5 m
Retranqueo a eje de caminos o vías de acceso: 15 m
Tipología de la Edificación: Aislada
Edificabilidad Máxima: 0,02 m2/m2
Ocupación Máxima: 2%, máximo 20.000 m2
Número de Plantas: 2 Unidades
Altura de la edificación: 7 m
Sótano y Semisótano : Permitidos
Bajo cubierta: Permitidos.
Pendiente Máxima de Cubierta: 30 grados
USOS
PERMITIDOS

Cerramiento de fincas

Condiciones de los Vallados: Deberán adecuarse al Decreto 226/2013,
de 3 de diciembre, por el que se regulan las condiciones para la
OBSERVACIONES
instalación, modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos
y no cinegéticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
USOS
PERMITIDOS

Líneas eléctricas aéreas y líneas telefónicas aéreas

Requisitos previos: Evaluación ambiental acorde con el Reglamento
de autorización y comunicación ambiental del Decreto 81/2011 y la
Ley 16/2015.
Las Líneas Eléctricas deberán dar cumplimiento del RD 1432/2008, de
OBSERVACIONES
29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la
avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de
alta tensión o del D 47/2004, de 20 de abril, por el que se dictan
Normas de carácter técnico de adecuación de las líneas eléctricas para
la protección del medio ambiente en Extremadura.

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