Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0052)
Acuerdo de 25 de febrero de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre aprobación del Plan General Municipal "Simplificado" de Acehúche.
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NÚMERO 141
Viernes, 23 de julio de 2021
38160
TÍTULO 2: DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL
CAPÍTULO 1: GENERALIDADES
ART. 2.1.1.- Naturaleza Jurídica
El presente documento constituye el instrumento de ordenación integral del territorio del
municipio de Acehúche (Cáceres), y define y regula el régimen urbanístico del suelo y la
edificación.
Se redacta de conformidad con la Ley 10/2015, de 8 de abril, de modificación de la Ley
15/2001, de 14 de Diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura (en
adelante LSOTEX), con la ley 9/2010, de 18 de octubre, de modificación de la Ley 15/2001,
de 14 de Diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, con el Decreto
7/2007 por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Extremadura, así como de
los preceptos que derivan de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo.
ART. 2.1.2.- Ámbito Territorial y Alcance
El Plan General Municipal tiene por objeto la ordenación urbanística en la totalidad del
término municipal de Acehúche, distinguiendo la estructural y la detallada, y organiza la
gestión de su ejecución.
El contenido del Plan General Municipal se desarrolla con arreglo a los principios de
mínimo contenido necesario, adecuación a las características del municipio y máxima
simplicidad compatible con éstas y los procesos de ocupación y utilización de los suelos
actuales y previsibles que deban ser objeto de ordenación.
El PGM clasifica todo el suelo en: urbano, urbanizable y no urbanizable. Se establece la
ordenación urbanística detallada y determina los usos pormenorizados y las ordenanzas
tipológicas.
ART. 2.1.3.- Vigencia
El Plan General Municipal entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el boletín o
diario oficial correspondiente. Su vigencia será indefinida en tanto no se apruebe
definitivamente una revisión de las mismas, sin perjuicio de eventuales modificaciones
puntuales o de la suspensión total o parcial de su vigencia.
ART. 2.1.4.- Consideraciones periódicas de la necesidad de revisión
Procederá la revisión de las presentes Plan General Municipal de Planeamiento cuando se
hayan de adoptar nuevos criterios que afecten a la estructura general orgánica del territorio
municipal, o cuando se planteen variaciones sustanciales de sus elementos o determinaciones
estructurales, pudiendo el Ayuntamiento acordar la iniciación de la revisión de las Plan
General Municipal o la modificación puntual de las mismas.
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Viernes, 23 de julio de 2021
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TÍTULO 2: DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL
CAPÍTULO 1: GENERALIDADES
ART. 2.1.1.- Naturaleza Jurídica
El presente documento constituye el instrumento de ordenación integral del territorio del
municipio de Acehúche (Cáceres), y define y regula el régimen urbanístico del suelo y la
edificación.
Se redacta de conformidad con la Ley 10/2015, de 8 de abril, de modificación de la Ley
15/2001, de 14 de Diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura (en
adelante LSOTEX), con la ley 9/2010, de 18 de octubre, de modificación de la Ley 15/2001,
de 14 de Diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, con el Decreto
7/2007 por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Extremadura, así como de
los preceptos que derivan de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo.
ART. 2.1.2.- Ámbito Territorial y Alcance
El Plan General Municipal tiene por objeto la ordenación urbanística en la totalidad del
término municipal de Acehúche, distinguiendo la estructural y la detallada, y organiza la
gestión de su ejecución.
El contenido del Plan General Municipal se desarrolla con arreglo a los principios de
mínimo contenido necesario, adecuación a las características del municipio y máxima
simplicidad compatible con éstas y los procesos de ocupación y utilización de los suelos
actuales y previsibles que deban ser objeto de ordenación.
El PGM clasifica todo el suelo en: urbano, urbanizable y no urbanizable. Se establece la
ordenación urbanística detallada y determina los usos pormenorizados y las ordenanzas
tipológicas.
ART. 2.1.3.- Vigencia
El Plan General Municipal entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el boletín o
diario oficial correspondiente. Su vigencia será indefinida en tanto no se apruebe
definitivamente una revisión de las mismas, sin perjuicio de eventuales modificaciones
puntuales o de la suspensión total o parcial de su vigencia.
ART. 2.1.4.- Consideraciones periódicas de la necesidad de revisión
Procederá la revisión de las presentes Plan General Municipal de Planeamiento cuando se
hayan de adoptar nuevos criterios que afecten a la estructura general orgánica del territorio
municipal, o cuando se planteen variaciones sustanciales de sus elementos o determinaciones
estructurales, pudiendo el Ayuntamiento acordar la iniciación de la revisión de las Plan
General Municipal o la modificación puntual de las mismas.
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