Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021062280)
Resolución de 7 de julio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada de la instalación de producción de energía en régimen especial (termosolar) de 49 MW, promovida por Extresol 1, SL, en el término municipal de Torre de Miguel Sesmero.
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NÚMERO 140

38019

Jueves, 22 de julio de 2021

Estos valores límite de emisión serán valores medios, medidos siguiendo las prescripciones establecidas en el apartado -g-. Además, están expresados en unidades de masa de
contaminante emitidas por unidad de volumen total de gas residual liberado expresado en
metros cúbicos medidos en condiciones normales de presión y temperatura (101,3 kPa y
273 K), previa corrección del contenido en vapor de agua y referencia a un contenido de
oxígeno por volumen en el gas residual del tres por ciento.
4. Las emisiones canalizadas del foco 4 se corresponden con los gases de combustión de gas
natural procedentes de las calderas de 787 kW de potencia térmica, empleadas para la
producción de vapor de agua.
Para este foco, en atención al proceso asociado, se establecen valores límite de emisión
(VLE) para los siguientes contaminantes al aire:

CONTAMINANTE

VLE

Monóxido de carbono, CO,

150 mg/Nm3

Óxidos de nitrógeno, NOX (expresados como dióxido de
nitrógeno, NO2)

300 ppm

Estos valores límite de emisión serán valores medios, medidos siguiendo las prescripciones establecidas en el apartado -g-. Además, están expresados en unidades de masa de
contaminante emitidas por unidad de volumen total de gas residual liberado expresado en
metros cúbicos medidos en condiciones normales de presión y temperatura (101,3 kPa y
273 K), previa corrección del contenido en vapor de agua y referencia a un contenido de
oxígeno por volumen en el gas residual del tres por ciento.
5. Los focos 5 y 6 emitirán a la atmósfera los gases residuales de la combustión del gasóleo
en dos grupos diésel de emergencia, de 1MW cada uno.
Solo se llevará a cabo el control de estos focos cuando pasen de ser no sistemáticos a sistemáticos. Por tanto, en el caso que el funcionamiento deje de ser No Sistemático en atención al proceso asociado, se establecen valores límite de emisión (VLE) para los siguientes
contaminantes al aire: