Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062315)
Resolución de 19 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio interadministrativo entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura y FEVAL-Institución Ferial de Extremadura.
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NÚMERO 140

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Jueves, 22 de julio de 2021

2. Reembolsar el préstamo a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, para que
ésta a su vez reembolse a las entidades con las que se ha formalizado la refinanciación de
las operaciones suscritas inicialmente con el Instituto de Crédito Oficial, de acuerdo con el
siguiente Cuadro de Amortización:

Fecha
vencimiento

Fecha pago

AÑO
PAGO

Dias

Tipo Interés

Amortización

Intereses

Total pago

31/07/2021

Capital Vivo

2.113.567,60

31/07/2022

31/07/2022

2022

365

0,071%

1.496,41

2.113.567,60

31/07/2023

31/07/2023

2023

365

0,071%

234.840,84

1.496,41

236.337,25

1.878.726,76

31/07/2024

31/07/2024

2024

366

0,071%

234.840,84

1.330,14

236.170,98

1.643.885,92

31/07/2025

31/07/2025

2025

365

0,071%

234.840,84

1.163,87

236.004,71

1.409.045,08

31/07/2026

31/07/2026

2026

365

0,071%

234.840,84

997,60

235.838,44

1.174.204,24

31/07/2027

31/07/2027

2027

365

0,071%

234.840,84

831,34

235.672,18

939.363,40

31/07/2028

31/07/2028

2028

366

0,071%

234.840,84

665,07

235.505,91

704.522,56

31/07/2029

31/07/2029

2029

365

0,071%

234.840,84

498,80

235.339,64

469.681,72

31/07/2030

31/07/2030

2030

365

0,071%

234.840,84

332,53

235.173,37

234.840,88

31/07/2031

31/07/2031

2031

365

0,071%

234.840,88

166,27

235.007,15

0,00

En caso de que no sean abonadas las cuotas anteriores de conformidad con el procedimiento
establecido por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, se podrá descontar de
oficio por la Consejería de Economía e Infraestructura la parte correspondiente de la transferencia nominativa de FEVAL, con la finalidad de compensar los importes impagados.
Tercera. Vigencia, Adenda, duración y resolución.
El presente Convenio tiene un plazo de vigencia de cuatro años prorrogables por cuatros años
adicionales. No obstante, la duración se circunscribe al cumplimiento de los contratos de préstamo formalizados para refinanciar la deuda entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y
el Instituto de Crédito Oficial, en representación de la Administración General del Estado, entrando en vigor desde la fecha de su firma por ambas partes y extendiendo su vigencia mientras subsistan obligaciones de las partes, es decir hasta el 31/07/2031, fecha en la que se
produce el pago de la última cuota establecida en la cláusula segunda del presente Convenio.