Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062288)
Resolución de 14 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor del Consorcio "Patronato del Festival Internacional de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida" para las actividades programadas en la edición 67ª del Festival Internacional de Teatro Clásico de Mérida en Cáparra.
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Jueves, 22 de julio de 2021

CONVENIO POR EL QUE SE FORMALIZA UNA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA
A FAVOR DEL CONSORCIO “PATRONATO DEL FESTIVAL INTERNACIONAL
DE TEATRO CLÁSICO EN EL TEATRO ROMANO DE MÉRIDA” PARA LAS
ACTIVIDADES PROGRAMADAS EN LA EDICIÓN 67ª DEL FESTIVAL
INTERNACIONAL DE TEATRO CLÁSICO DE MÉRIDA EN CÁPARRA
8 de julio de 2021.
REUNIDOS
De una parte, D. Pedro Alvarado Rodríguez, Secretario General de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura, cargo que ostenta en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 79/2019, de 23 de julio (DOE núm. 142, de 24 de julio), actuando en
el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 87/2019, de 2 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura (DOE núm. 150, de 5 de agosto), y por Resolución de 26 de julio
de 2019, de la Consejera, por la que se delegan competencias en diversas materias (DOE
núm. 146, de 30 de julio).
Y de otra parte, D. Pedro Blanco Vivas, en nombre y representación del Consorcio denominado “Patronato del Festival de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida”, con N.I.F.
V0656880, en su condición de Director-Gerente del Consorcio, en virtud de competencia delegada para suscribir el convenio, conforme a los Estatutos del Consorcio.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se
contienen y, al efecto
EXPONEN
Primero. El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su redacción dada por Ley Orgánica
1/2011, de 28 de enero, establece en su artículo 9.1.19 la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de turismo, competencia atribuida a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, de conformidad con lo establecido en el Decreto del
Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las
competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura (DOE n.º 126, de 2 de julio).
La Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, a través de la Dirección General de Turismo,
tiene encomendadas competencias en materia de promoción y ordenación del turismo en la
Comunidad Autónoma.