Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Instalaciones Eléctricas. (2021062258)
Resolución de 13 de julio de 2021, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Nueva LMT de enlace entre el "Pol. Gárgaligas" n.º 903302676 y la LAMT-5237-01-"Acueducto" de la STR "Valvidia", de 20 kV, en Gárgaligas, término municipal de Don Benito (Badajoz)". Término municipal: Don Benito. Expte.: 06/AT-10177/17899.
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NÚMERO 140
Jueves, 22 de julio de 2021

38078

Final: Nuevo apoyo A13 a instalar.
Tipo: Aérea 20kV.
Conductores: (A1-A13) 100AL1/17-ST1A de Al y Ac con secciones 100 mm2 y 16,7 mm2 respectivamente, con una longitud de 1,817 km.
Emplazamiento de la línea: Parcelas públicas y privadas de la Entidad Local Menor de Gargáligas, en el término municipal de Don Benito (Badajoz).
Nueva Línea subterránea a 20 KV.
Origen: nuevo apoyo A13 a instalar con entronque aéreo-subterráneo.
Final: Celda de línea libre en el CT “Polígono Gargáligas” N.º903302676
Tipo: Subterránea 20kV.
Conductores: 3x(1x240) HEPR 12/20 kV, con una longitud de 0,108 km.
Emplazamiento de la línea: Parcelas públicas y privadas de la Entidad Local Menor de Gargáligas, en el término municipal de Don Benito (Badajoz).
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente
autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.
— La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
— La Empresa queda obligada a cumplir las condiciones establecidas por el órgano ambiental en la declaración de impacto ambiental o informe ambiental citado en el apartado tercero de los Antecedentes de hecho de esta resolución.