Consejería De Educación Y Empleo. Centros Docentes Privados. (2021062285)
Resolución de 13 de julio de 2021, de la Secretaría General de Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de 12 de julio de 2021, de la Consejera, por la que se modifica la autorización administrativa, por cambio de denominación específica, del centro docente privado de Educación Especial "APROSUBA 13" de Villafranca de los Barros.
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NÚMERO 140

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Jueves, 22 de julio de 2021

Titular del centro: Asociación Protectora de Personas con Deficiencia Mental “APROSUBA –
13” Código: :06010881.
Domicilio: Calle José Espinosa Bote, s/n
Localidad: Villafranca de los Barros.
CP:06220
Provincia: Badajoz.
Enseñanzas a impartir: Transición a la Vida Adulta.
Capacidad: Dos unidades.
Segundo. De conformidad con el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no se considera necesario
cumplimentar el trámite de vista y audiencia al no figurar en el procedimiento ni ser tenidos
en cuenta otros hechos y alegaciones que las aducidas por la interesada.
Tercero. La modificación de la autorización surte efectos desde el curso académico
2021/2022. El centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar
la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la
oportuna resolución.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Educación y Empleo, en
el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá interponer directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior
de Justicia de Extremadura, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime oportuno.”
Mérida, 13 de julio de 2021.
El Secretario General de Educación,
FRANCISCO JAVIER AMAYA FLORES