Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Medidas Urgentes. Empleo. (2021062312)
Extracto de la Resolución de 2 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas para el fomento de nuevas contrataciones de personal cualificado y de gestión administrativa y el mantenimiento de los puestos de trabajo ya existentes en entidades de la economía social en Extremadura para paliar los efectos que está causando la pandemia del COVID-19 para 2021. Línea II: Ayudas destinadas a financiar el mantenimiento de un puesto de trabajo de personal cualificado y de gestión administrativa, sin relación societaria con la entidad.
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NÚMERO 140
Jueves, 22 de julio de 2021

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EXTRACTO de la Resolución de 2 de julio de 2021, de la Secretaría General,
por la que se convocan ayudas para el fomento de nuevas contrataciones
de personal cualificado y de gestión administrativa y el mantenimiento de
los puestos de trabajo ya existentes en entidades de la economía social
en Extremadura para paliar los efectos que está causando la pandemia del
COVID-19 para 2021. Línea II: Ayudas destinadas a financiar el mantenimiento
de un puesto de trabajo de personal cualificado y de gestión administrativa,
sin relación societaria con la entidad. (2021062312)
BDNS(Identif.):575769
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3. b. y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se procede a la publicación del extracto
de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Entidades beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las Sociedades Cooperativas de primer grado inscritas
en el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura, y las sociedades laborales calificadas como tales en el Registro de Sociedades Laborales de Extremadura e inscritas en el
Registro Mercantil correspondiente, siempre que cumplan con los requisitos señalados en el
artículo 90 del Decreto-ley 8/2020, de 24 de abril.
No podrán ser beneficiarias las cooperativas de crédito y las de seguros, así como las entidades cuya actividad se corresponda con las propias de las empresas de trabajo temporal o
agencias de colocación.
Segundo. Objeto.
La convocatoria para 2021 está destinada a las ayudas para la mejora de la profesionalización
de entidades de economía social, a través del fomento del mantenimiento de un puesto de
trabajo de personal cualificado y de gestión administrativa, sin relación societaria con la entidad, en las cooperativas y sociedades laborales de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
por un período mínimo de seis meses.
Quedan excluidas del objeto de estas ayudas, las contrataciones que tengan carácter indefinido, así como la transformación de contratos de duración determinada en contratos indefinidos. De igual modo, queda excluido el mero traspaso de trabajadores y trabajadoras entre
empresas vinculadas.