Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Gas. (2021080999)
Anuncio de 15 de julio de 2021, por el que se hace pública la información relativa a la solicitud de adjudicación de la zona de distribución de gas natural en la localidad de Miajadas (Cáceres), correspondiente al expediente CG-651.
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NÚMERO 140
Jueves, 22 de julio de 2021

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ANUNCIO de 15 de julio de 2021, por el que se hace pública la información
relativa a la solicitud de adjudicación de la zona de distribución de gas natural
en la localidad de Miajadas (Cáceres), correspondiente al expediente
CG-651. (2021080999)
A los efectos previstos en el artículo 11 del Decreto 183/2014, de 26 de agosto, sobre procedimientos de autorización de instalaciones para el suministro de gases combustibles por
canalización en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 168, de 1/9/2014), se
hace pública la información relativa a la solicitud de zona de distribución de gas natural, en la
localidad de Miajadas (Cáceres), correspondiente al expediente CG-651, cuyos datos principales son los indicados a continuación:
Municipio afectado por las instalaciones proyectadas: Miajadas.
Características principales de la instalación:
1. Emplazamiento: Zona Sureste de Miajadas (Avda. Mujer Trabajadora).
2. Red de distribución: Formada por canalizaciones de polietileno ajustadas a las normas
UNE-EN 12007-2 y UNE-EN 1555.
El listado de coordenadas geográficas correspondientes a la línea perimetral que define la zona de distribución en la que se proyectan las instalaciones (Sistema de referencia
ETRS 89 - HUSO 30), se encuentran reflejadas en el anexo que se acompaña.
Durante el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación de este Anuncio,
las empresas distribuidoras de gas natural que estén interesadas, podrán presentar solicitudes en concurrencia, cuyo contenido deberá ajustarse a lo establecido en los artículos 9 y 10
del Decreto 183/2014, de 26 de agosto.
Para la determinación de la línea perimetral que defina la zona de distribución, deberán tomarse como referencia los criterios recogidos en la Instrucción 2/2014 de la Dirección General
de Industria y Energía, e Instrucción Complementaria 1/2017 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas sobre la interpretación de zona de distribución autorizada y su delimitación según el artículo 3.2. del Decreto 183/2014, de 26 de agosto, sobre procedimientos
de autorización de instalaciones para el suministro de gases combustibles por canalización en
la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 246, de 23/12/2014).