Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062244)
Resolución de 12 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo de Colaboración Social para la utilización de la plataforma de presentación y pago telemático de la Junta de Extremadura con el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.
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NÚMERO 139
Miércoles, 21 de julio de 2021

37628

Suscribir el presente documento en el que se formaliza un Acuerdo de colaboración externa
en la presentación, por vía telemática, de declaraciones y autoliquidaciones; y en el pago,
por tramitación telemática, de deudas correspondientes a los impuestos gestionados por la
Comunidad Autónoma de Extremadura, todo ello en representación de terceras personas, que
se regirá por las siguientes
CLAÚSULAS
Primera. Objeto del acuerdo.
El presente Acuerdo tiene por objeto instrumentar la presentación telemática de declaraciones y autoliquidaciones correspondientes a los impuestos gestionados por la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la tramitación telemática del pago de las deudas tributarias
que de ellas puedan resultar, todo ello en representación de terceras personas, por parte de
los profesionales integrantes de la asociación profesional firmante del mismo.
La Junta de Extremadura, a través de la Consejería competente en materia de hacienda, suscribe el presente Acuerdo de colaboración con el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid quien
manifiesta su deseo de participar en la presentación y pago telemático.
A partir de su firma, los miembros del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid podrán presentar en dicho colegio una solicitud de adhesión al convenio suscrito por éste para la utilización
de la Plataforma de presentación y pago telemático de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través del modelo 778 anteriormente citado. El Ilustre Colegio de Abogados de Madrid
remitirá dicha solicitud a la Consejería competente en materia de hacienda, previa información del contenido del Acuerdo suscrito con la Junta de Extremadura al profesional interesado.
La firma de esta solicitud supondrá la aceptación del contenido íntegro del Acuerdo.
Una vez autorizados, y sin perjuicio de lo dispuesto en las cláusulas siguientes, los profesionales adheridos podrán presentar por vía telemática, en representación de terceras personas,
las declaraciones o autoliquidaciones exigidas por la norma tributaria correspondientes a impuestos gestionados por la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de los modelos
aprobados por la Orden de 2 de diciembre de 2010,-modificada según Orden de 13 de enero
de 2021 DOE n.º 16- así como a través de los modelos que posteriormente puedan aprobarse
e incorporarse por resolución de la Dirección General competente en materia de hacienda, de
conformidad con la disposición adicional primera de la citada orden. De igual modo, quedarán
autorizados a pagar, mediante tramitación telemática, las deudas tributarias que en su caso
puedan resultar de la presentación de las declaraciones o autoliquidaciones antes indicadas
en representación de los obligados tributarios.