Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Desarrollo Rural. Ayudas. (2021062277)
Extracto de las ayudas convocatoria 9/1420 pública de ayudas bajo metodología LEADER dentro de la Estrategia de Desarrollo Local Participativa 2014-2020 de La Serena para inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales.
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NÚMERO 139

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Miércoles, 21 de julio de 2021

Segundo. Personas Beneficiarias y/o destinatarias finales de las ayudas.
Tendrán la consideración de personas beneficiarias y/o destinatarias finales de las ayudas,
las personas jurídicas sin ánimo de lucro, entidades tales como Asociaciones, Fundaciones o
Confederaciones que ejerzan una actividad económica y promuevan actividades de carácter
productivo a las que para cada una de las actuaciones previstas en la presente convocatoria
(actividades de servicios a la población -sociales, asistenciales y de proximidad-) se les reconozca tal condición.
Solo podrán recibir las subvenciones objeto de la presente normativa reguladora aquellas
entidades que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión para ser micro, pequeñas
y medianas empresas conforme a la recomendación de la Comisión 2003/361/CE.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 18 de noviembre de 2020 por la que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo
rural 2014-2020.
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 150.000 €, que se
abonarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria con cargo a la Aplicación Presupuestaria
G/314A/ 120030000/ FR14190200 /20160174, de acuerdo con las disponibilidades de crédito
consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
La ayuda total máxima será de hasta un 75% de la inversión auxiliable, hasta un máximo de
100.000 euros por proyecto, teniendo la consideración de minimis.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas será de dos meses desde el día siguiente a
la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 5 de julio de 2021.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ