Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Entidades Agroalimentarias Prioritarias. (2021040109)
Decreto 86/2021, de 14 de julio, por el que se regulan las entidades agroalimentarias prioritarias de Extremadura y su registro.
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NÚMERO 138
Martes, 20 de julio de 2021

37382

CLÁUSULAS DE PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Se le informa que los datos facilitados en el presente impreso / formulario correspondiente
a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, en concordancia con
la Actividad de Tratamiento correspondiente incorporada al Registro de Actividades de Tratamientos de la misma, se tratarán de conformidad con lo establecido en el Reglamento General
de Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales.
Responsable del tratamiento de sus datos:
— Responsable Junta de Extremadura: Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población
y Territorio, Avda. Luís Ramallo s/n. 06800 Mérida (Badajoz).
— Correo electrónico: informacionagraria@juntaex.es - Teléfono: 924002131.
— Datos de contacto del delegado de protección de datos: dpd@juntaex.es.
Finalidades con las que vamos a tratar sus datos personales:
Serán tratados con las siguientes finalidades: Gestionar el reconocimiento de las entidades
agroalimentarias prioritarias de Extremadura, así como su inscripción y baja en el registro
de entidades agroalimentarias prioritarias de Extremadura.
Legitimación para el tratamiento de sus datos:
La base legal para los tratamientos indicados es: RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario
para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. Ley
6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura ((DOE núm. 59, de 24 de marzo).
Tiempo que se van a mantener sus datos personales:
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se
recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de
dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación. Los datos económicos de esta actividad de tratamiento
se conservarán al amparo de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general
tributaria.
Destinatarios a los que se comunicarán sus datos:
Podrán ser comunicados a otros organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el previo consentimiento del interesado, cuando así lo prevea una norma de Derecho de