Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2021AC0046)
Acuerdo de 25 de marzo de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación puntual n.º 12 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Fuentes de León, para eliminar la protección del cementerio (artículo 267) y modificar algunos artículos de la normativa urbanística, relacionados con los usos industrial y dotacional (artículos 189, 238, 257, 260, 261, 262, 265 y 273) y con las condiciones estéticas (artículo162).
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NÚMERO 138
Martes, 20 de julio de 2021

37474

Estado modificado.

A.3. MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 162
A.3.1. JUSTIFICACIÓN
En el Título IV, referido a las Condiciones generales de edificación y usos del suelo, en el artículo
162 se daban unas condiciones estéticas. En principio, estas serían aplicables tanto al núcleo
urbano como al suelo no urbanizable, y dentro del primero, tanto a las zonas de casco antiguo
como a las residenciales de ensanche, además de las zonas industriales.
El Ayuntamiento de Fuentes de León considera que se deben modificar las condiciones estéticas,
permitiendo nuevos materiales y restringiendo otros que no estaban explícitamente prohibidos
para poder aplicarlo a los tipos distintos en el casco urbano, con los que estaban teniendo
problemas.

A.3.2. ARTÍCULO COMPLETO MODIFICADO
*Artículo 162: Condiciones de composición y materiales.
1.- Tipología de la edificación:
Se mantendrá la tipología edificatoria dominante en la ciudad, y, a tal efecto,
deberán considerarse las características del entorno en cuanto a composición
volumétrica, color, textura, etc. Además, ha de tenerse en cuenta lo ya establecido en
los artículos 103 y 128 de estas Normas.
Quedan expresamente prohibidos los retranqueos de los cerramientos de la
línea de fachada en las plantas bajas y altas en los edificios construidos según la
tipología de Edificación en Línea.