Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2021AC0046)
Acuerdo de 25 de marzo de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación puntual n.º 12 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Fuentes de León, para eliminar la protección del cementerio (artículo 267) y modificar algunos artículos de la normativa urbanística, relacionados con los usos industrial y dotacional (artículos 189, 238, 257, 260, 261, 262, 265 y 273) y con las condiciones estéticas (artículo162).
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NÚMERO 138
Martes, 20 de julio de 2021
37456
ACUERDO de 25 de marzo de 2021, de la Comisión de Urbanismo y
Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación puntual n.º 12
de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Fuentes de León,
para eliminar la protección del cementerio (artículo 267) y modificar algunos
artículos de la normativa urbanística, relacionados con los usos industrial
y dotacional (artículos 189, 238, 257, 260, 261, 262, 265 y 273) y con las
condiciones estéticas (artículo162). (2021AC0046)
Asunto: Modificación puntual n.º 12 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal
para eliminar la protección del cementerio (artículo 267) y modificar algunos artículos de la
normativa urbanística, relacionados con los usos industrial y dotacional (artículos 189, 238,
257, 260, 261, 262, 265 y 273) y con las condiciones estéticas (artículo 162). Fuentes de
León.
Visto el expediente de referencia, así como los informes emitidos por el personal adscrito a la
Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, y debatido el asunto.
De conformidad con lo previsto en el artículo 7.2.h del Decreto 50/2016, de 26 de abril, de
atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización y
funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura,
corresponde el conocimiento del asunto, al objeto de resolver sobre su aprobación definitiva,
a la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura.
Las competencias en materia de Ordenación del Territorio y urbanismo se encuentran actualmente asignadas a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, mediante Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación,
el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Junta de
Extremadura (DOE 02/07/2019).
Por Decreto 87/2019, de 2 de agosto, se estableció la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, formando parte de ella la Consejería
de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio. Y atribuyéndose a la actual Dirección
General de Urbanismo y Ordenación del Territorio el ejercicio de estas competencias, y entre
otras funciones, la de asegurar el funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación
del Territorio de Extremadura (DOE 05/08/2019).
Así mismo, la disposición adicional primera del citado Decreto 87/2019 indica que “las referencias del ordenamiento a los órganos suprimidos, se entenderán realizadas a los que en
esta misma norma se crean, los sustituyen o asumen sus competencias”.
Martes, 20 de julio de 2021
37456
ACUERDO de 25 de marzo de 2021, de la Comisión de Urbanismo y
Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación puntual n.º 12
de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Fuentes de León,
para eliminar la protección del cementerio (artículo 267) y modificar algunos
artículos de la normativa urbanística, relacionados con los usos industrial
y dotacional (artículos 189, 238, 257, 260, 261, 262, 265 y 273) y con las
condiciones estéticas (artículo162). (2021AC0046)
Asunto: Modificación puntual n.º 12 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal
para eliminar la protección del cementerio (artículo 267) y modificar algunos artículos de la
normativa urbanística, relacionados con los usos industrial y dotacional (artículos 189, 238,
257, 260, 261, 262, 265 y 273) y con las condiciones estéticas (artículo 162). Fuentes de
León.
Visto el expediente de referencia, así como los informes emitidos por el personal adscrito a la
Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, y debatido el asunto.
De conformidad con lo previsto en el artículo 7.2.h del Decreto 50/2016, de 26 de abril, de
atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización y
funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura,
corresponde el conocimiento del asunto, al objeto de resolver sobre su aprobación definitiva,
a la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura.
Las competencias en materia de Ordenación del Territorio y urbanismo se encuentran actualmente asignadas a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, mediante Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación,
el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Junta de
Extremadura (DOE 02/07/2019).
Por Decreto 87/2019, de 2 de agosto, se estableció la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, formando parte de ella la Consejería
de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio. Y atribuyéndose a la actual Dirección
General de Urbanismo y Ordenación del Territorio el ejercicio de estas competencias, y entre
otras funciones, la de asegurar el funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación
del Territorio de Extremadura (DOE 05/08/2019).
Así mismo, la disposición adicional primera del citado Decreto 87/2019 indica que “las referencias del ordenamiento a los órganos suprimidos, se entenderán realizadas a los que en
esta misma norma se crean, los sustituyen o asumen sus competencias”.