Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Premios. (2021062218)
Resolución de 7 de julio de 2021, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior correspondientes al curso 2019/2020.
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NÚMERO 137
Lunes, 19 de julio de 2021

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2. Podrá declararse desierto alguno de los premios, en el caso de que no concurra alumnado
de una o varias familias profesionales existentes en Extremadura. En tal caso, y con las
cantidades económicas sobrantes, podrán concederse accésits con una dotación económica del 50% del importe del premio entre el alumnado que haya sido distinguido con una
mención honorífica, por estricto orden de calificación en su expediente académico, hasta
agotar el crédito disponible.
Octavo. Resolución.
1. La Comisión de Valoración publicará en el Portal Educativo Extremeño (Educarex) la relación provisional con las puntuaciones obtenidas, para que en el plazo de 10 días las personas interesadas presenten las reclamaciones que consideren oportunas. Una vez atendidas
éstas, la comisión publicará en el mismo lugar la relación definitiva. Las reclamaciones
desestimadas serán notificadas a los interesados con indicación del motivo.
2. La Comisión de Valoración emitirá un informe vinculante sobre el que el Servicio de Coordinación Educativa realizará la propuesta de adjudicación de los premios al Secretario General de Educación para su resolución, en virtud de la delegación de competencias efectuada
por el Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo.
3. L
 a resolución de concesión de los premios deberá ser dictada, notificada a los premiados y
publicada en el Diario Oficial de Extremadura en el plazo máximo de seis meses desde la
publicación de la convocatoria de dichos premios. Transcurrido dicho plazo sin que se haya
notificado la resolución se podrá entender desestimada la solicitud.
4. La resolución también será objeto de publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, en la forma establecida
en los artículos 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y 17.1 y 20 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo.
5. Además, debe ser publicada en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación
Ciudadana, de conformidad con el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y la Orden de 11 de abril de 2016, por la que se establece
el procedimiento para la publicación de información en el Portal de la Transparencia y la
Participación Ciudadana de Extremadura.
6. E
 l alumnado premiado y el que obtenga accésit o mención honorífica recibirá un diploma
acreditativo de esta distinción.