Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062190)
Resolución de 5 de julio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para riego de 17,81 Ha", cuyo promotor es D. Rafael Martínez Gutiérrez, situado en el término municipal de Bienvenida (Badajoz). Expte.: IA18/1857.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 137
Lunes, 19 de julio de 2021

37234


No hay valores ambientales incluidos en el Anexo 1 de la Directiva de Aves
2009/147/CE, hábitats y especies de los Anexos I y 11 de la Directiva de Directiva de Hábitats 92/43/CEE o a especies del Anexo I del Catálogo Regional de
Especies Amenazadas de Extremadura (CREAEX) Decreto 37/200l.
La vegetación natural en la zona de actuación es inexistente, tratándose de una
parcela dedicada al cultivo olivar desde al menos 1980.
No se tiene constancia de la presencia de elementos de interés arqueológico o
etnográfico en la zona.


3.1.2. A
 lternativas de ubicación.

El documento ambiental plantea alternativas de ubicación a la seleccionada, cambio de actividad o continuar con la actividad en secano.
Finalmente, la alternativa seleccionada para la instalación de la puesta en riego
de las 17,81 ha de olivar para la mejora técnica de la explotación, mejora de
producción y viabilidad económica
3.2. C
 aracterísticas del potencial impacto.



— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la DGS indica que
la actividad no se encuentra incluida dentro de espacios de la Red Natura 2000 ni de
otras Áreas Protegidas de Extremadura.




— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
La Confederación Hidrográfica del Guadiana comunica que, la red hidrográfica, englobada en la cuenca del río Guadiana, el cauce de un arroyo tributario del arroyo
Romero discurre a unos 280 metros al sur de la zona de actuación planteada, por lo
que no se prevé afección física alguna a cauces que constituyan el DPH del Estado.



Refundido de la Ley de Aguas (TRLA), aprobado por el Real Decreto Legislativo

1/2001, de 20 de julio. Indica que cualquier actuación que se realice en el DPH
requiere autorización administrativa previa, que; en este caso, se tramitará conjuntamente con la oportuna concesión de aguas públicas. En ningún caso se autorizará
dentro del DPH la construcción, montaje o ubicación de instalaciones destinadas a
albergar personas, aunque sea con carácter provisional o temporal, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 77 del Reglamento del DPH.