Servicio Extremeño De Salud. Recurso. Emplazamiento. (2021062202)
Resolución de 5 de julio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo tramitado por el procedimiento abreviado n.º 626/2021, e interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, y se emplaza a los posibles interesados en el mismo.
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Lunes, 19 de julio de 2021

SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2021, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Asuntos Generales, por la que se acuerda la remisión del expediente
administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo
tramitado por el procedimiento abreviado n.º 626/2021, e interpuesto ante
el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, y se emplaza a
los posibles interesados en el mismo. (2021062202)
Ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida se ha presentado el recurso
contencioso-administrativo con número de procedimiento abreviado 626/2021, promovido
por D. Diego Murillo Cuadrado, contra la Resolución del Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud, de fecha 15 de febrero de 2021, por la que se excluye al demandante de la
Bolsa de Trabajo en la categoría de Enfermero/a y para Unidades de Especiales Características
de esta categoría, incluido en la misma mediante la Resolución de 11 de septiembre de 2020,
de la Dirección Gerencia del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud.
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa, y dando cumplimiento al requerimiento efectuado por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1
de Mérida, se acuerda la remisión del expediente administrativo y se emplaza a los posibles
interesados en el mismo, para que puedan personarse ante dicho Juzgado, si a su derecho
conviniera, en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la
presente resolución.
De personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte para los trámites no precluidos, continuando el procedimiento por sus trámites y sin que haya lugar a practicarles en
estrados o en cualquier otra forma, notificaciones de clase alguna.
Mérida, 5 de julio de 2021.
La Dirección General de Recursos
Humanos y Asuntos Generales,
PS El Director Gerente,
(Resolución de 5 de agosto de 2015,
DOE n.º 152, de 7 de agosto de 2015).
CECILIANO FRANCO RUBIO