Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062166)
Resolución de 2 de julio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Valverde de Burguillos (Badajoz).
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NÚMERO 137
Lunes, 19 de julio de 2021
37225
Para garantizar el cumplimiento de las medidas correctoras incluidas en el estudio ambiental estratégico, así como detectar impactos no contemplados en el mismo, el promotor
deberá remitir a esta Dirección General informes acerca del cumplimiento de las medidas
correctoras y de la evolución de los indicadores de seguimiento con una periodicidad al
menos bianual, indicando el grado de cumplimiento de las medidas correctoras de los impactos en las actuaciones derivadas del plan.
En el caso de que el plan sea sometido a modificaciones con posterioridad, deberá evaluarse en base a la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Del mismo modo se actuará en el caso de planes parciales de
ordenación y de planes especiales de ordenación que no hayan sido objeto de evaluación
ambiental.
h) Directrices aplicables a la evaluación ambiental de los instrumentos de desarrollo posteriores del Plan General Municipal de Valverde de Burguillos, así como las directrices aplicables
a la evaluación de impacto ambiental de los proyectos específicos que desarrollen el plan
o programa
Los proyectos y actuaciones que se desarrollen a través del Plan General Municipal de
Valverde de Burguillos deberán someterse a los instrumentos de prevención ambiental
establecidos en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Del mismo modo, los proyectos y actuaciones derivadas del Plan General Municipal deberán cumplir con lo dispuesto en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural
y de la Biodiversidad.
Cualquier actuación que se pretenda instalar o esté instalada deberá contar con las autorizaciones pertinentes, especialmente las de carácter ambiental, que permitan establecer
los sistemas de prevención de impactos por emisiones, inmisiones o vertidos de sustancias
o mezclas potencialmente contaminantes.
Los proyectos que se desarrollen a través del Plan General Municipal de Valverde de Burguillos deberán cumplir con las siguientes directrices:
— En las zonas con presencia de vegetación autóctona y vegetación riparia principalmente asociada a los cauces en su estado natural se perseguirá la conservación de
la vegetación natural.
— Conservar y mantener el suelo y en su caso, su masa vegetal en las condiciones
precisas para evitar riesgos de erosión, contaminación y para la seguridad o salud
públicas.
Lunes, 19 de julio de 2021
37225
Para garantizar el cumplimiento de las medidas correctoras incluidas en el estudio ambiental estratégico, así como detectar impactos no contemplados en el mismo, el promotor
deberá remitir a esta Dirección General informes acerca del cumplimiento de las medidas
correctoras y de la evolución de los indicadores de seguimiento con una periodicidad al
menos bianual, indicando el grado de cumplimiento de las medidas correctoras de los impactos en las actuaciones derivadas del plan.
En el caso de que el plan sea sometido a modificaciones con posterioridad, deberá evaluarse en base a la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Del mismo modo se actuará en el caso de planes parciales de
ordenación y de planes especiales de ordenación que no hayan sido objeto de evaluación
ambiental.
h) Directrices aplicables a la evaluación ambiental de los instrumentos de desarrollo posteriores del Plan General Municipal de Valverde de Burguillos, así como las directrices aplicables
a la evaluación de impacto ambiental de los proyectos específicos que desarrollen el plan
o programa
Los proyectos y actuaciones que se desarrollen a través del Plan General Municipal de
Valverde de Burguillos deberán someterse a los instrumentos de prevención ambiental
establecidos en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Del mismo modo, los proyectos y actuaciones derivadas del Plan General Municipal deberán cumplir con lo dispuesto en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural
y de la Biodiversidad.
Cualquier actuación que se pretenda instalar o esté instalada deberá contar con las autorizaciones pertinentes, especialmente las de carácter ambiental, que permitan establecer
los sistemas de prevención de impactos por emisiones, inmisiones o vertidos de sustancias
o mezclas potencialmente contaminantes.
Los proyectos que se desarrollen a través del Plan General Municipal de Valverde de Burguillos deberán cumplir con las siguientes directrices:
— En las zonas con presencia de vegetación autóctona y vegetación riparia principalmente asociada a los cauces en su estado natural se perseguirá la conservación de
la vegetación natural.
— Conservar y mantener el suelo y en su caso, su masa vegetal en las condiciones
precisas para evitar riesgos de erosión, contaminación y para la seguridad o salud
públicas.