Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062147)
Resolución de 1 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Instituto Municipal de la Juventud del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres y el Instituto de la Juventud de Extremadura sobre la realización de programas dirigidos a la juventud.
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NÚMERO 137

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Lunes, 19 de julio de 2021

d) La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento del fin del mismo y de manera especial
con motivo de las disposiciones y medidas que se adopten por la autoridad competente
de conformidad con lo previsto en el Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se
declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por
el SARS-CoV-2.
e) P
 or decisión judicial declaratoria de nulidad del convenio.
Octava. Régimen jurídico y jurisdicción competente.
El presente convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa, y se regirá, en defecto
de lo previsto en sus cláusulas, por las disposiciones aplicables a los Convenios previstas en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando excluido
del ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público al amparo de lo dispuesto
en su artículo 6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la
que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y
del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. No obstante, los principios
de dicho texto sí serán de aplicación para resolver las dudas y lagunas que puedan plantearse
como establece el artículo 4 del mismo texto legal.
Dada su naturaleza administrativa, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el
competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes,
todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Y para que así conste, en prueba de conformidad se firma este documento, por duplicado,
en el lugar y fecha del encabezamiento, quedando un ejemplar en poder de cada una de las
partes intervinientes.

La Presidenta del

El Presidente del

Instituto de la Juventud de Extremadura.

Instituto Municipal de la Juventud del

P.D. La Secretaria General de Igualdad y

Excmo. Ayuntamiento de Cáceres,

Portavocía,
Resolución de 24 de Julio de 2019
(DOE n.º 145, de 29 de julio),
DOÑA ANTONIA POLO GÓMEZ

D. LUIS SALAYA JULIÁN