Diputación Provincial De Badajoz. Tributos. (2021ED0097)
Edicto de 5 de julio de 2021 sobre Convenio entre el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y el Ayuntamiento de Carrascalejo para la delegación de la gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 137
Lunes, 19 de julio de 2021

37296

3. La información relativa a la recaudación será recibida vía EDITRAN (sistema de transmisión
de datos encriptada y segura), y procesada por el OARGT, actualizando así los datos de los
expedientes sancionadores contenidos en la aplicación de gestión de multas.
4. La aplicación contable, con el detalle de las cantidades recaudadas por ejercicios y tipos de
multas se efectuará trimestralmente. Asimismo se realizará trimestralmente la transferencia las cantidades recaudadas una vez practicados los descuentos a que se hace referencia
en la estipulación sexta.
5. Con independencia de la información facilitada sobre los derechos reconocidos, los anulados y los recaudados que figura en la remisión de cuentas anuales, el Ayuntamiento podrá
extraer de la aplicación de multas los necesarios informes de gestión para el adecuado
seguimiento y control del servicio.
Sexta: Ingresos de la Diputación.
1. La prestación del servicio que se deriva de esta delegación, comportará la compensación
de las siguientes cantidades en concepto de premio de cobranza:
1) P
 rincipal recaudado en periodo voluntario.
2) E
 l 50% del principal recaudado en periodo ejecutivo.
3) E
 l 100% de los recargos, intereses y costas generados en el periodo ejecutivo.
2. El importe correspondiente al premio de cobranza podrá ser descontado de las liquidaciones de ingresos que se practiquen a favor del Ayuntamiento.
3. En los casos en que el Ayuntamiento solicite hardware u otros medios materiales para la
automatización del procedimiento, tales como unidades de PDA, impresoras, TPVs u otros
equipos, deberá abonar al O.A.R.G.T. las siguientes contraprestaciones por el uso de los
equipos puestos a su disposición. Estas contraprestaciones serán liquidadas periódicamente por el OARGT y podrán ser descontadas de las liquidaciones de ingresos que se practiquen a favor del Ayuntamiento.
Por el uso de equipos cedidos con mantenimiento incluido: el 3,00% del coste de adquisición por cada mes desde su puesta a disposición
Por el uso de equipos cedidos sin mantenimiento incluido: el 2,00% del coste de adquisición
por cada mes desde su puesta a disposición
El Ayuntamiento responderá del buen estado de los equipos, y en caso de finalización del
presente convenio y estará obligado a devolverlos al OARGT en perfecto estado de uso en