Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Gas. (2021062178)
Resolución de 2 de julio de 2021, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga a Distribución y Comercialización de Gas Extremadura, SA, autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la red de distribución de gas natural para suministro al "Nuevo Hospital Don Benito - Villanueva de la Serena", en Don Benito (Badajoz). Expte.: 73/1240/20.
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NÚMERO 136
36903
Viernes, 16 de julio de 2021
“NUEVO HOSPITAL DON BENITO-VILLANUEVA DE LA SERENA, EN DON BENITO
(BADAJOZ)”
COORDENADAS UTM EN HUSO 30 ETRS 89
VÉRTICE
COORDENADA X
COORDENADA Y
43
255.175
4.316.813
44
255.136
4.316.808
45
255.096
4.316.800
Tercera. En un plazo no superior a un mes, a contar desde la fecha de emisión de la presente
Resolución, DICOGEXSA deberá constituir una fianza de 1.090,81 €, correspondiente al 2 %
del presupuesto previsto de las instalaciones a favor de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, o solicitar que se proceda a la aplicación de la fianza constituida en el
procedimiento de concurrencia.
La fianza indicada deberá ser constituida en la Caja General de Depósitos de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y podrá ser devuelta, a petición del solicitante, una vez que haya
sido concedida la autorización de explotación de las instalaciones.
Cuarta. Los cruces especiales y otras afecciones a bienes de dominio público se realizarán
con las condiciones impuestas o por imponer por los Organismos competentes afectados.
Quinta. Para introducir modificaciones en las instalaciones que afecten a los datos básicos a
que se refiere la condición Segunda, la Empresa distribuidora deberá obtener previamente la
correspondiente autorización.
Sexta. El plazo de ejecución de las obras indicado en la condición Segunda, se computará a
partir de la fecha de ocupación real de los terrenos afectados.
La Empresa Distribuidora, una vez finalizadas las instalaciones y realizadas las pruebas, ensayos y verificaciones de las mismas con resultado favorable, deberá solicitar la emisión del
Acta de Puesta en Servicio, acompañando la documentación indicada en el artículo 27 del
Decreto 183/2014.
La autorización de explotación será emitida en un plazo no superior a un mes, a contar desde
la fecha presentación de la solicitud de acta de puesta en servicio, previas las comprobaciones
que se consideren pertinentes.
36903
Viernes, 16 de julio de 2021
“NUEVO HOSPITAL DON BENITO-VILLANUEVA DE LA SERENA, EN DON BENITO
(BADAJOZ)”
COORDENADAS UTM EN HUSO 30 ETRS 89
VÉRTICE
COORDENADA X
COORDENADA Y
43
255.175
4.316.813
44
255.136
4.316.808
45
255.096
4.316.800
Tercera. En un plazo no superior a un mes, a contar desde la fecha de emisión de la presente
Resolución, DICOGEXSA deberá constituir una fianza de 1.090,81 €, correspondiente al 2 %
del presupuesto previsto de las instalaciones a favor de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, o solicitar que se proceda a la aplicación de la fianza constituida en el
procedimiento de concurrencia.
La fianza indicada deberá ser constituida en la Caja General de Depósitos de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y podrá ser devuelta, a petición del solicitante, una vez que haya
sido concedida la autorización de explotación de las instalaciones.
Cuarta. Los cruces especiales y otras afecciones a bienes de dominio público se realizarán
con las condiciones impuestas o por imponer por los Organismos competentes afectados.
Quinta. Para introducir modificaciones en las instalaciones que afecten a los datos básicos a
que se refiere la condición Segunda, la Empresa distribuidora deberá obtener previamente la
correspondiente autorización.
Sexta. El plazo de ejecución de las obras indicado en la condición Segunda, se computará a
partir de la fecha de ocupación real de los terrenos afectados.
La Empresa Distribuidora, una vez finalizadas las instalaciones y realizadas las pruebas, ensayos y verificaciones de las mismas con resultado favorable, deberá solicitar la emisión del
Acta de Puesta en Servicio, acompañando la documentación indicada en el artículo 27 del
Decreto 183/2014.
La autorización de explotación será emitida en un plazo no superior a un mes, a contar desde
la fecha presentación de la solicitud de acta de puesta en servicio, previas las comprobaciones
que se consideren pertinentes.