Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Gas. (2021062178)
Resolución de 2 de julio de 2021, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga a Distribución y Comercialización de Gas Extremadura, SA, autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la red de distribución de gas natural para suministro al "Nuevo Hospital Don Benito - Villanueva de la Serena", en Don Benito (Badajoz). Expte.: 73/1240/20.
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NÚMERO 136

36903

Viernes, 16 de julio de 2021

“NUEVO HOSPITAL DON BENITO-VILLANUEVA DE LA SERENA, EN DON BENITO
(BADAJOZ)”
COORDENADAS UTM EN HUSO 30 ETRS 89
VÉRTICE

COORDENADA X

COORDENADA Y

43

255.175

4.316.813

44

255.136

4.316.808

45

255.096

4.316.800

Tercera. En un plazo no superior a un mes, a contar desde la fecha de emisión de la presente
Resolución, DICOGEXSA deberá constituir una fianza de 1.090,81 €, correspondiente al 2 %
del presupuesto previsto de las instalaciones a favor de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, o solicitar que se proceda a la aplicación de la fianza constituida en el
procedimiento de concurrencia.
La fianza indicada deberá ser constituida en la Caja General de Depósitos de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y podrá ser devuelta, a petición del solicitante, una vez que haya
sido concedida la autorización de explotación de las instalaciones.
Cuarta. Los cruces especiales y otras afecciones a bienes de dominio público se realizarán
con las condiciones impuestas o por imponer por los Organismos competentes afectados.
Quinta. Para introducir modificaciones en las instalaciones que afecten a los datos básicos a
que se refiere la condición Segunda, la Empresa distribuidora deberá obtener previamente la
correspondiente autorización.
Sexta. El plazo de ejecución de las obras indicado en la condición Segunda, se computará a
partir de la fecha de ocupación real de los terrenos afectados.
La Empresa Distribuidora, una vez finalizadas las instalaciones y realizadas las pruebas, ensayos y verificaciones de las mismas con resultado favorable, deberá solicitar la emisión del
Acta de Puesta en Servicio, acompañando la documentación indicada en el artículo 27 del
Decreto 183/2014.
La autorización de explotación será emitida en un plazo no superior a un mes, a contar desde
la fecha presentación de la solicitud de acta de puesta en servicio, previas las comprobaciones
que se consideren pertinentes.