Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062256)
Resolución de 13 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre el Ministerio de Cultura y Deporte, el Ministerio de Hacienda, la Junta de Extremadura, la Diputación Provincial de Cáceres, el Ayuntamiento de Guadalupe, la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste y la Comunidad Franciscana para la creación de la Comisión Interadministrativa del acontecimiento de excepcional interés público "Año Santo Guadalupense 2021".
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NÚMERO 136
Viernes, 16 de julio de 2021

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3. P
 residir las sesiones, moderar el desarrollo de los debates y suspenderlos por causas
justificadas.
4. D
 irimir con su voto los empates, salvo en lo que se refiere a la función recogida en el
apartado 3 de la cláusula sexta de este convenio, para lo cual se requiere el voto favorable del representante del Ministerio de Hacienda.
5. V
 elar por el cumplimiento de los acuerdos adoptados, de los preceptos de este convenio
y de las normas legales aplicables a los actos de la Comisión Interadministrativa.
6. F
 ormular iniciativas y propuestas a la Comisión Interadministrativa.
7. A
 utorizar, con su visto bueno, las actas de las reuniones y las certificaciones que la Comisión Interadministrativa deba expedir.
8. C
 ualquier otra de índole general y análoga a las anteriores que, conforme a la legislación
vigente, le correspondan.
Octava. Procedimiento de emisión de las certificaciones.
1. P
 ara la obtención de las certificaciones a las que hace referencia el artículo 27.2. b) de la
Ley 49/2002, de 23 de diciembre, los interesados deberán presentar una solicitud dirigida
a la Comisión Interadministrativa, en los modelos de solicitud normalizados que se facilitarán.
2. L
 a solicitud podrá presentarse en la forma y lugares previstos en los artículos 16.4 y 66 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. E
 l plazo para la presentación de las solicitudes concluirá 15 días hábiles después de la finalización del Acontecimiento.
4. L
 a solicitud de certificación será examinada por la Comisión Interadministrativa que, en
su caso, acordará su emisión, siendo necesario para su estimación el voto favorable del
representante del Ministerio de Hacienda.
5. E
 l plazo máximo en que deben notificarse las certificaciones por parte de la Comisión Interadministrativa será de dos meses desde la fecha en que la correspondiente solicitud haya
tenido entrada en el registro del órgano competente para resolver.
El cómputo de dicho plazo se suspenderá cuando se requiera al interesado que complete la
documentación presentada, por el tiempo que medie entre la notificación del requerimiento
y la presentación de la documentación requerida, o, en su defecto, por el transcurso del
plazo de diez días concedido para la subsanación.