Consejería De Educación Y Empleo. Inserción Laboral. Subvenciones. (2021040100)
Decreto 84/2021, de 7 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa Colaborativo Rural y la primera convocatoria de subvenciones a entidades promotoras.
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NÚMERO 136
Viernes, 16 de julio de 2021

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7. N
 o obstante lo anterior, cuando se produzca la devolución voluntaria sin requerimiento
previo de la Administración, el órgano concedente de la subvención calculará y exigirá posteriormente el interés de demora establecido en el artículo 24.3 de la Ley 5/2007, de 19 de
abril, General de Hacienda Pública de Extremadura sin el incremento del 25%, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 44.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y hasta el momento en que se produjo la devolución
efectiva por parte de la persona beneficiaria.
Artículo 49. Incompatibilidades.
1. L
 as ayudas reguladas en el presente capítulo son incompatibles con cualesquiera otras ayudas para la contratación establecidas por ésta u otras Administraciones Públicas, salvo con
las bonificaciones o reducciones en cuotas de la Seguridad Social reguladas por las leyes y
normas estatales, que se establezcan como medidas de fomento de empleo aplicables en
cada ejercicio presupuestario.
2. E
 n cualquier caso, la subvención recibida, no podrá, en concurrencia con otras ayudas públicas para la misma finalidad, superar el coste salarial correspondiente al contrato que se
subvenciona.
Disposición adicional primera. Régimen jurídico aplicable.
En todo aquello no regulado expresamente por el presente decreto, se estará a lo establecido
en el texto refundido de la Ley de Empleo aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015,
de 23 de octubre; el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley
30/2015, de 9 de septiembre; el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que
se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la
formación profesional dual; la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 14 de
noviembre, de 2001 por la que se regulan el programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios y
las Unidades de Promoción y Desarrollo y se establecen las bases reguladoras de la concesión
de subvenciones públicas a dichos programas; el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por
el que se regulan los certificados de profesionalidad; la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio,
de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos
personales y Garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos