Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062138)
Resolución de 30 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Universidad de Extremadura para la realización de actividades relacionadas con la economía social y el cooperativismo durante el 2021.
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NÚMERO 135

36308

Jueves, 15 de julio de 2021

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
Y LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA PARA LA REALIZACIÓN DE
ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA ECONOMÍA SOCIAL Y EL
COOPERATIVISMO DURANTE EL 2021.
24 de junio de 2021.
REUNIDOS
De una parte, Doña María Curiel Muñoz, Secretaria General de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio nombrada por Decreto 71/2019, de 16 de julio
(DOE n.º 137, de 17 de julio) que interviene en nombre y representación de la Junta de
Extremadura, en virtud de la delegación de firma otorgada por Resolución de 23 de julio de
2019 (DOE n.º 144, de 26 de julio), de la Consejera, por la que se delegan determinadas
competencias, así como la firma de resoluciones y actos en los órganos administrativos de la
Consejería.
De otra parte, Don Antonio Hidalgo García, Rector Magnífico de la Universidad de Extremadura, en representación de la misma, nombrado por Decreto 2/2019, de 8 de enero, (DOE
n.º 6, de 10 de enero), que interviene en nombre y representación de la Universidad de
Extremadura en virtud de lo dispuesto en el artículo 91 de los Estatutos de la Universidad
de Extremadura, aprobados por Decreto 65/2003, de 8 de mayo, modificado por el Decreto
190/2010, de 1 de octubre; cuyo convenio deberá ser aprobado en Consejo de Gobierno de
la Universidad de Extremadura, a tenor del articulo 87.2 apartado j), de los citados estatutos.
Las partes intervienen en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas
y se reconocen legitimidad y capacidad suficiente para formalizar el presente Convenio y a
tales efectos,
EXPONEN
Primero. En virtud de lo dispuesto en el artículo 9.1.17 del Estatuto de Autonomía de
Extremadura, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, la Comunidad
Autónoma ostenta la competencia exclusiva en materia de organización, funcionamiento
y régimen de las cooperativas y entidades asimiladas, así como el fomento de todas las
modalidades de economía social.
En particular, corresponde a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por
el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que
conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Decreto
164/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería