Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062049)
Resolución de 23 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Universidad de Extremadura para un estudio sobre los costes de producción del sector de la ciruela y de la cereza de Extremadura, su viabilidad y su incidencia económica en las zonas rurales donde se cultiva.
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NÚMERO 135
Jueves, 15 de julio de 2021

36291

dificación según el Reglamento de ejecución (UE) 2016/669 de la Comisión de 28 de abril de
2016, relativos a la ayuda al Desarrollo Rural a través del FEADER. Incluye la estrategia y las
medidas de Información y Publicidad a desarrollar en el marco del Programa de Desarrollo
Rural de Extremadura 2014-2020, así como su organización e implementación operativa.
Se incluirá el logo de los fondos FEADER (Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural de
Extremadura), con el lema “Europa invierte en las zonas rurales” y se hará referencia al fondo
europeo y a la Unión Europa en todos los documentos oficiales, así como en los documentos
del convenio o relacionados con el gasto y en las facturas.
Además, todas las comunicaciones referidas a las actuaciones que se realicen a consecuencia
de la aplicación de este convenio, bien sea a terceros/ medios de comunicación o cualquier
otro medio de difusión pública, publicaciones/ inserciones en presa, comunicaciones electrónicas, dirigidas a una multiplicidad de personas o cualquier otro procedimiento que posibilite
!a difusión de tales actividades/ deberá hacerse constar de manera explícita y destacada/ la
colaboración de las instituciones que suscriben el presente convenio.
En su caso, la propiedad intelectual de los conocimientos adquiridos en el desarrollo de esta
colaboración será compartida por los firmantes del convenio.
Octava. Titularidad de resultados obtenidos.
Cada parte conservará los derechos de propiedad de los conocimientos que tuviera antes de
iniciar esta colaboración. Asimismo, aquellos que, siendo propiedad de terceros, hubieran sido
cedidos para el uso a una de las partes, continuarán siendo propiedad de sus titulares y no
podrán ser usados fuera del ámbito de colaboración de este convenio.
La propiedad intelectual de los resultados obtenidos en el desarrollo de esta colaboración corresponderá a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
Novena. Modificación, denuncia y resolución.
Las partes podrán modificar el presente documento en cualquier momento por mutuo acuerdo.
Cualquiera de las partes podrá, a su vez, denunciar el presente convenio comunicándolo
por escrito a la otra parte, con dos meses de antelación a la fecha en que vaya a darlo por
terminado.
Las causas de resolución del presente convenio son las siguientes:
a) Transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del
mismo.