Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. (2021062219)
Corrección de errores de la Resolución de 21 de junio de 2021, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se establecen reglas de cálculo relativas a la calificación de explotación agraria prioritaria y agricultor y agricultora a título principal.
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NÚMERO 135
Jueves, 15 de julio de 2021

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CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 21 de junio de 2021, de la
Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se establecen
reglas de cálculo relativas a la calificación de explotación agraria prioritaria y
agricultor y agricultora a título principal. (2021062219)
Advertidos errores en la Resolución de 21 de junio de 2021, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se establecen reglas de cálculo relativas a la calificación
de explotación agraria prioritaria y agricultor y agricultora a título principal (Diario Oficial de
Extremadura número 125, de 1 de julio), se procede a efectuar su oportuna rectificación.
En la página 33216,
donde dice


“Al respecto, se establece:

Cuando el solicitante de la calificación de Explotación Prioritaria o de la condición
de Agricultor a Título Principal sea una persona agricultora que inicia la actividad
agraria en el mismo año en que presenta su solicitud y por lo tanto no tiene rentas
agrarias previas, y desea que la evaluación de rentas se base en cálculos teóricos,
deberá solicitarlo expresamente e incluir en su solicitud una “Declaración Responsable”, conforme al modelo que figura en el anexo I del Decreto 57/2017, de 2 de
mayo, sobre organización y funcionamiento del Registro de Explotaciones Agrarias”.
Debe decir:


“Al respecto, se establece:

Cuando el solicitante de la calificación de Explotación Prioritaria sea una persona
agricultora que inicia la actividad agraria en el mismo año en que presenta su solicitud y por lo tanto no tiene rentas agrarias previas, y desea que la evaluación de
rentas se base en cálculos teóricos, deberá solicitarlo expresamente e incluir en su
solicitud una “Declaración Responsable”, conforme al modelo que figura en el anexo
I del Decreto 57/2017, de 2 de mayo, sobre organización y funcionamiento del Registro de Explotaciones Agrarias”.