Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Ferias. (2021AC0050)
Acuerdo de 9 de julio de 2021, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas para la participación agrupada en las ferias internacionales Fruit Logistica Berlín, Gulfood, Foodex y Prowein, para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 135
Jueves, 15 de julio de 2021
36462
3. Se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a través del Servicio de Comercio, la información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión en los términos
previsto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. Asimismo, las referidas convocatorias requerirán, a su vez, autorización
previa del Consejo de Gobierno si su importe es superior a los 600.000 euros, en virtud de
lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 6/2011.
Esta difusión se realizará de conformidad con las prescripciones contenidas en la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Decreto 50/2001,
de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la
Junta de Extremadura, el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, con arreglo a las instrucciones dadas por el órgano gestor de las mismas.
4. A
simismo, recepcionada la ayuda en especie, los beneficiarios deberán acreditar mediante
justificación documental gráfica suficiente, el cumplimiento de la obligación de información
y publicidad, con la inserción de los logotipos oficiales del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y la Junta de Extremadura en los documentos entregables que se hagan a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para los programas financiados con fondos
europeos y el de la Junta de Extremadura para los programas financiados con fondos de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. D
e igual forma, en las notificaciones de concesión de estas ayudas, se señalará que la
Unión Europea participa en la financiación de las mismas, siempre y cuando los programas
estén financiados por dichos fondos y, en su caso, se indicará la cuantía o el porcentaje de
la ayuda aportada por el instrumento comunitario correspondiente.
También se facilitará información sobre la cofinanciación o financiación total en los casos
en que esta provenga del gobierno regional, según queda especificado en la Ley 6/2011,
de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
6. La percepción de la ayuda supone aceptar la inclusión de la operación y sus datos en la lista
de operaciones prevista en el artículo 115.2 del Reglamento (UE) 1303/2013, y en la Base
de Datos Nacional de Subvenciones.
7. L
os beneficiarios de las ayudas estarán obligados a dar publicidad e identificar la participación de las Administraciones Públicas en la financiación de los proyectos y actividades subvencionables debiendo hacer constar en la documentación y publicidad de la actuación, la
participación de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura en la financiación de la actividad, y en su caso, cumplir con las medidas recogidas
en los artículos 3 y siguientes sobre medidas de identificación, información y publicidad del
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
"Una manera de hacer Europa"
Jueves, 15 de julio de 2021
36462
3. Se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a través del Servicio de Comercio, la información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión en los términos
previsto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. Asimismo, las referidas convocatorias requerirán, a su vez, autorización
previa del Consejo de Gobierno si su importe es superior a los 600.000 euros, en virtud de
lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 6/2011.
Esta difusión se realizará de conformidad con las prescripciones contenidas en la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Decreto 50/2001,
de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la
Junta de Extremadura, el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, con arreglo a las instrucciones dadas por el órgano gestor de las mismas.
4. A
simismo, recepcionada la ayuda en especie, los beneficiarios deberán acreditar mediante
justificación documental gráfica suficiente, el cumplimiento de la obligación de información
y publicidad, con la inserción de los logotipos oficiales del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y la Junta de Extremadura en los documentos entregables que se hagan a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para los programas financiados con fondos
europeos y el de la Junta de Extremadura para los programas financiados con fondos de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. D
e igual forma, en las notificaciones de concesión de estas ayudas, se señalará que la
Unión Europea participa en la financiación de las mismas, siempre y cuando los programas
estén financiados por dichos fondos y, en su caso, se indicará la cuantía o el porcentaje de
la ayuda aportada por el instrumento comunitario correspondiente.
También se facilitará información sobre la cofinanciación o financiación total en los casos
en que esta provenga del gobierno regional, según queda especificado en la Ley 6/2011,
de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
6. La percepción de la ayuda supone aceptar la inclusión de la operación y sus datos en la lista
de operaciones prevista en el artículo 115.2 del Reglamento (UE) 1303/2013, y en la Base
de Datos Nacional de Subvenciones.
7. L
os beneficiarios de las ayudas estarán obligados a dar publicidad e identificar la participación de las Administraciones Públicas en la financiación de los proyectos y actividades subvencionables debiendo hacer constar en la documentación y publicidad de la actuación, la
participación de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura en la financiación de la actividad, y en su caso, cumplir con las medidas recogidas
en los artículos 3 y siguientes sobre medidas de identificación, información y publicidad del
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
"Una manera de hacer Europa"