Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Ferias. (2021AC0050)
Acuerdo de 9 de julio de 2021, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas para la participación agrupada en las ferias internacionales Fruit Logistica Berlín, Gulfood, Foodex y Prowein, para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 135
Jueves, 15 de julio de 2021
36456
concesión se iniciará de oficio por parte del órgano instructor, bien por iniciativa propia, consecuencia de petición razonada de otros órganos, o bien a instancia de la persona beneficiaria.
Artículo 13. Obligaciones.
1. L
a percepción de la ayuda por parte del beneficiario conlleva el compromiso de cumplir con
las siguientes obligaciones:
a) Realizar las actuaciones de conformidad con la documentación presentada en la solicitud.
b) Comunicar al órgano concedente cualquier eventualidad sobrevenida en la actividad
subvencionada y que afecte al desarrollo del proyecto o actuación, que serán resueltos
por el órgano concedente.
c) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento del objeto de la actividad subvencionable y de la finalidad determinada en la resolución de concesión de la ayuda.
d) Sujetarse a las acciones de control financiero que se lleven a cabo por los órganos
competentes de la Junta de Extremadura, del Tribunal de Cuentas y, en su caso, de los
correspondientes órganos de la Comunidad Europea, a tenor de la legalidad vigente
reguladora de esta materia.
e) D
isponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de facultades de
comprobación y control.
f) Mantener un sistema de contabilidad separada o un código contable adecuado que permita una identificación correcta de las operaciones financiadas de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 16.i) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
g) Identificar y visibilizar la participación del Fondo de Desarrollo Regional (FEDER) de
acuerdo con las menciones de identificación y publicidad previstas en el Reglamento
(UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013,
por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola
de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo
Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se
deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
"Una manera de hacer Europa"
Jueves, 15 de julio de 2021
36456
concesión se iniciará de oficio por parte del órgano instructor, bien por iniciativa propia, consecuencia de petición razonada de otros órganos, o bien a instancia de la persona beneficiaria.
Artículo 13. Obligaciones.
1. L
a percepción de la ayuda por parte del beneficiario conlleva el compromiso de cumplir con
las siguientes obligaciones:
a) Realizar las actuaciones de conformidad con la documentación presentada en la solicitud.
b) Comunicar al órgano concedente cualquier eventualidad sobrevenida en la actividad
subvencionada y que afecte al desarrollo del proyecto o actuación, que serán resueltos
por el órgano concedente.
c) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento del objeto de la actividad subvencionable y de la finalidad determinada en la resolución de concesión de la ayuda.
d) Sujetarse a las acciones de control financiero que se lleven a cabo por los órganos
competentes de la Junta de Extremadura, del Tribunal de Cuentas y, en su caso, de los
correspondientes órganos de la Comunidad Europea, a tenor de la legalidad vigente
reguladora de esta materia.
e) D
isponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de facultades de
comprobación y control.
f) Mantener un sistema de contabilidad separada o un código contable adecuado que permita una identificación correcta de las operaciones financiadas de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 16.i) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
g) Identificar y visibilizar la participación del Fondo de Desarrollo Regional (FEDER) de
acuerdo con las menciones de identificación y publicidad previstas en el Reglamento
(UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013,
por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola
de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo
Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se
deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
"Una manera de hacer Europa"