Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2021AC0044)
Acuerdo de 25 de marzo de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación puntual de delimitación del suelo urbano de Granja de Torrehermosa, que tiene por objeto la recalificación de suelo no urbanizable a suelo urbano no consolidado de uso industrial de la parcela 146 del polígono 32, creándose una nueva unidad de actuación.
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NÚMERO 135
Jueves, 15 de julio de 2021



36360

— En el patio de manzana no se permitirá ningún tipo de edificación y su diámetro
del círculo inscrito en él no será menor de vez y media la altura de la edificación,
mínimo……….9 metros.



— Fondo máximo edificable (de la fachada al patio): 20 m.

— 
Parcela mínima


Longitud mínima de fachada: 12 m.

Fondo mínimo: 20 m.


Superficie mínima: 300 m².

— 
Usos permitidos


Industria compatible con la vivienda..................................... NO.



Industria no compatible con la vivienda.................................. NO.

Vivienda unifamiliar.............................................................. NO.
Vivienda multifamiliar........................................................... SI.


Agrícola y ganadero compatible con vivienda........................... NO.



Agrícola y ganadero no compatible........................................ NO.

Público y terciario................................................................ SI.
d) Edificación agrupada (AG):


Es la situada en parcela independiente en contigüidad con otras edificaciones.



— Ocupación máxima del suelo.............................................. 100 %



— Diámetro mínimo de patio.................................................3,00 m



— Fondo máximo edificable…………………………… 20 m. en uso de vivienda; en el resto
se permitirán otros usos compatibles cuya ocupación se como máximo el 50% de
la superficie libre.



— Dimensiones de la parcela mínima: las del solar mínimo edificable (artículo 12).