Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2021AC0044)
Acuerdo de 25 de marzo de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación puntual de delimitación del suelo urbano de Granja de Torrehermosa, que tiene por objeto la recalificación de suelo no urbanizable a suelo urbano no consolidado de uso industrial de la parcela 146 del polígono 32, creándose una nueva unidad de actuación.
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NÚMERO 135

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Jueves, 15 de julio de 2021

de 2019, en la que, advirtiendo la falta de algún informe y/o notificación sectorial preceptiva,
así como deficiencias formales, documentales y sustantivas relevantes, se acordó:
“Dejar en suspenso el pronunciamiento sobre la aprobación definitiva hasta tanto, aportando los informes sectoriales que no han sido incorporados al expediente, se complete,
justifique y corrija su propuesta de conformidad con sus condiciones, las deficiencias documentales y sustantivas indicadas con anterioridad, y lo detallado en los informes técnico
y jurídico del personal adscrito a la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, de los que se darán traslado junto a este acuerdo”.
Se ha recibido una nueva propuesta del Ayuntamiento (Pleno de 25-1-21), donde aportando
los informes sectoriales “favorables” inicialmente omitidos, se aclara el ámbito de la modificación y se incluye en el mismo una calle que no se encuentra totalmente urbanizada.
Por todo ello, su contenido documental mínimo se considera suficiente y conforme a lo previsto en el artículo 75 de la LSOTEX y artículos 42 y siguientes del RPLANEX. Sin perjuicio de
la necesidad de realizar, en su caso, las oportunas adaptaciones en la Memoria Justificativa,
de acuerdo con las previsiones finales del plan, que a su vez debe ser congruente con las
determinaciones de la Memoria Ambiental elaborada (artículos 14 y 22 del Decreto 54/2011
de 29-4 por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la CAEXT - DOE
06/05/2011).
Sus determinaciones se han adaptado a la ordenación y previsiones del artículo 70 de la LSOTEX, conforme a las limitaciones y estándares establecidos en el artículo 74 de este mismo
cuerpo legal.
En su virtud, esta Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, vistos
los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,
ACUERDA
1. Aprobar definitivamente la modificación puntual de la PDSU referenciada.
2. P
 ublicar, como anexo I a este acuerdo, sus nuevas ordenanzas y/o ficha urbanística del
ámbito reclasificado.
Por otro lado, y a los efectos previstos en el artículo 79.2 de la Ley 10/2015, de 8 de abril, de
modificación de la LSOTEX (DOE 10/04/2015), a esta resolución (que también se publicará en
la sede electrónica de la Junta de Extremadura), se acompañará un anexo II contemplativo
de un resumen ejecutivo, en el que, con la identificación de la empresa o técnico redactor del
proyecto y su correspondiente cualificación empresarial o profesional, se recojan las caracte-