Diputación Provincial De Cáceres. Tributos. (2021ED0094)
Edicto de 5 de julio de 2021 sobre Convenio entre el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y el Ayuntamiento de Talaván para la delegación de la gestión y recaudación de los tributos locales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 134
Miércoles, 14 de julio de 2021
36182
Ley de Presupuestos del Estado vigente.
— Las reclamaciones presentadas por los contribuyentes, en relación con la devolución de
cantidades indebidamente pagadas, serán objeto de formalización de expediente que
resolverá el órgano competente del O.A.R.G.T. ordenando, se retenga y pague con cargo a los ingresos obtenidos de la recaudación del correspondiente Ayuntamiento.
Undécima. Acceso a la base de datos del servicio y transmisión de información.
El O.A.R.G.T. se compromete a poner a disposición del Ayuntamiento, en el plazo de treinta
días desde la firma del convenio, el Servicio Informático de consulta y acceso a las bases de
datos del organismo en la forma que estructura la Orden 4/96 reguladora de acceso a las
bases de datos del organismo, o aquella que la sustituya, la cual se comunicará al consistorio.
Detalle de las funcionalidades mínimas incluidas en el Servicio Informático:
Acceso en tiempo real a las bases de datos del organismo, mediante el sistema de comunicación que en cada caso sea más conveniente, para todos aquellos usuarios del Ayuntamiento
que sean designados por este, con el contenido siguiente:
1. G
estión de Contribuyentes.
1.1. C
onsulta.
1.2. M
odificación de datos.
1.3. D
omiciliaciones 1.4. Cambios de domicilios.
2. R
ecaudación.
2.1. C
onsulta de situación de un recibo.
2.2. O
btención de duplicados de recibos.
2.3. S
ituación tributaria de un contribuyente (pantalla o papel).
2.4. O
btención de detalles de tasas y p.p. del recaudado.
2.5. O
btención de detalles de tasas y p.p. de las bajas.
2.6. O
btención de detalles de tasas y p.p. del pendiente.
2.7. L istado del pendiente.
Miércoles, 14 de julio de 2021
36182
Ley de Presupuestos del Estado vigente.
— Las reclamaciones presentadas por los contribuyentes, en relación con la devolución de
cantidades indebidamente pagadas, serán objeto de formalización de expediente que
resolverá el órgano competente del O.A.R.G.T. ordenando, se retenga y pague con cargo a los ingresos obtenidos de la recaudación del correspondiente Ayuntamiento.
Undécima. Acceso a la base de datos del servicio y transmisión de información.
El O.A.R.G.T. se compromete a poner a disposición del Ayuntamiento, en el plazo de treinta
días desde la firma del convenio, el Servicio Informático de consulta y acceso a las bases de
datos del organismo en la forma que estructura la Orden 4/96 reguladora de acceso a las
bases de datos del organismo, o aquella que la sustituya, la cual se comunicará al consistorio.
Detalle de las funcionalidades mínimas incluidas en el Servicio Informático:
Acceso en tiempo real a las bases de datos del organismo, mediante el sistema de comunicación que en cada caso sea más conveniente, para todos aquellos usuarios del Ayuntamiento
que sean designados por este, con el contenido siguiente:
1. G
estión de Contribuyentes.
1.1. C
onsulta.
1.2. M
odificación de datos.
1.3. D
omiciliaciones 1.4. Cambios de domicilios.
2. R
ecaudación.
2.1. C
onsulta de situación de un recibo.
2.2. O
btención de duplicados de recibos.
2.3. S
ituación tributaria de un contribuyente (pantalla o papel).
2.4. O
btención de detalles de tasas y p.p. del recaudado.
2.5. O
btención de detalles de tasas y p.p. de las bajas.
2.6. O
btención de detalles de tasas y p.p. del pendiente.
2.7. L istado del pendiente.