Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Ferias Y Mercados. Ayudas. (2021AC0047)
Acuerdo de 8 de julio de 2021, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Visita Profesional al VI Encuentro Iberoamericano de Turismo Rural (Panamá), Misión Comercial Directa Kazajistán, Misión Comercial Directa Dubai, Misión Comercial Directa Estados Unidos (Miami) y Misión Comercial Directa Cuba, para el ejercicio 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 134
Miércoles, 14 de julio de 2021
36222
dación de no viajar y para el caso del familiar, la documentación que acredite la relación de parentesco.
— En caso de defunción de un familiar hasta el 2º grado de consanguinidad y/o afinidad
del beneficiario. Se evidenciará mediante certificado de defunción y documentación
que acredite la relación de parentesco.
— Causas de fuerza mayor.
— Renuncia por parte del beneficiario dentro del plazo máximo de 3 días naturales desde
la notificación de la concesión de la ayuda.
— Renuncia por parte del beneficiario fuera del plazo máximo indicado en el punto anterior, siempre y cuando no se haya incurrido en ningún tipo de gasto por parte de
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, relacionados con la participación del beneficiario en la acción.
2. S
erá competente para dictar la revocación de la resolución, cuando no conlleve reintegro,
el Director General de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Artículo 17. Información y Publicidad.
1. E
n cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad,
igualdad y no discriminación, se procederá a publicar en el Diario Oficial de Extremadura
tanto los extractos como las convocatorias. La Base de Datos Nacional de Subvenciones,
dará traslado a dicho diario de los extractos de las convocatorias para su publicación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, General de Subvenciones.
2. E xtremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, publicará en el Diario Oficial
de Extremadura y en el Portal de subvenciones http://ciudadano.gobex.es/, en el
Portal de Transparencia y Participación Ciudadana y en la web de Extremadura Avante
http://www.extremaduraavante.es/, las subvenciones concedidas con expresión de
la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario,
cantidad concedida, finalidad o finalidades de la ayuda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. S
e remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a través del Servicio de Comercio, la información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión en los términos
previsto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
"Una manera de hacer Europa"
Miércoles, 14 de julio de 2021
36222
dación de no viajar y para el caso del familiar, la documentación que acredite la relación de parentesco.
— En caso de defunción de un familiar hasta el 2º grado de consanguinidad y/o afinidad
del beneficiario. Se evidenciará mediante certificado de defunción y documentación
que acredite la relación de parentesco.
— Causas de fuerza mayor.
— Renuncia por parte del beneficiario dentro del plazo máximo de 3 días naturales desde
la notificación de la concesión de la ayuda.
— Renuncia por parte del beneficiario fuera del plazo máximo indicado en el punto anterior, siempre y cuando no se haya incurrido en ningún tipo de gasto por parte de
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, relacionados con la participación del beneficiario en la acción.
2. S
erá competente para dictar la revocación de la resolución, cuando no conlleve reintegro,
el Director General de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Artículo 17. Información y Publicidad.
1. E
n cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad,
igualdad y no discriminación, se procederá a publicar en el Diario Oficial de Extremadura
tanto los extractos como las convocatorias. La Base de Datos Nacional de Subvenciones,
dará traslado a dicho diario de los extractos de las convocatorias para su publicación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, General de Subvenciones.
2. E xtremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, publicará en el Diario Oficial
de Extremadura y en el Portal de subvenciones http://ciudadano.gobex.es/, en el
Portal de Transparencia y Participación Ciudadana y en la web de Extremadura Avante
http://www.extremaduraavante.es/, las subvenciones concedidas con expresión de
la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario,
cantidad concedida, finalidad o finalidades de la ayuda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. S
e remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a través del Servicio de Comercio, la información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión en los términos
previsto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
"Una manera de hacer Europa"