Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Deslinde. (2021062193)
Resolución de 6 de julio de 2021, de la Consejera, de mejora en precisión geométrica de la línea límite entre los términos municipales de Guijo de Granadilla y Zarza de Granadilla, ambos de la provincia de Cáceres.
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NÚMERO 133

35867

Martes, 13 de julio de 2021

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO

RESOLUCIÓN de 6 de julio de 2021, de la Consejera, de mejora en precisión
geométrica de la línea límite entre los términos municipales de Guijo de
Granadilla y Zarza de Granadilla, ambos de la provincia de Cáceres. (2021062193)
Visto el expediente iniciado a instancia del Ayuntamiento de Guijo de Granadilla, mediante
escrito por el que se solicita a la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio
la necesidad de aclaración de la línea jurisdiccional entre los municipios de Guijo de Granadilla y Zarza de Granadilla, conforme determina el artículo 8.3 del Decreto 163/2018, de 2 de
octubre por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Extremadura y otras
materias en concreción de líneas límite (DOE de 8-10-2018), y en base a los siguientes hechos y fundamentos de derecho:
HECHOS:
Primero. Con fecha de 24 de septiembre de 2019, tiene entrada en el registro único de la
Junta de Extremadura, solicitud, por parte del Ayuntamiento de Guijo de Granadilla, para
emisión de informe técnico de la línea límite entre Guijo de Granadilla y Zarza de Granadilla,
ambos de la provincia de Cáceres, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 163/2018, de 2 de
octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales en Extremadura y otras
actuaciones en materia de concreción de líneas límite.
Segundo. Con fecha de 30 de marzo de 2020, se formula el informe técnico de la línea límite
requerida, por la empresa pública GPEX.
Tercero. En dicho informe técnico se concluye:
— Por un lado, que los mojones 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10º comunes a los términos municipales de Guijo de Granadilla y Zarza de Granadilla y el mojón 11º común,
además, a Mohedas de Granadilla, así como las líneas en las que estos se encuentran
conectados, fueron debidamente fijados en el correspondiente documento constitutivo.
— Por otro, que el mojón 1º (común a los términos municipales de Guijo de Granadilla,
Zarza de Granadilla y Villar de Plasencia) y la línea entre éste mojón y el 2º se encuentran fijados de manera provisional, constando de esta manera en los correspondientes
títulos jurídicos. Por lo tanto, concurren los presupuestos necesarios para la tramitación
del procedimiento de mejora en precisión geométrica de las líneas límite intermunicipales exclusivamente de los mojones 2º al 11º, así como de los trazados entre ellos,
conforme a lo prevenido en el artículo 8.2 del Decreto 163/2018, de 2 de octubre.
Cuarto. Con fecha 7 de abril de 2020, el Centro de Información Cartográfica y Territorial de
Extremadura, adscrito a la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, emite
informe de verificación de mejora en precisión para los mojones del 2º al 11º, así como de
los trazados entre ellos.