Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2021040093)
Decreto 79/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas.
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NÚMERO 133

35780

Martes, 13 de julio de 2021

RESIDUOS ADMISIBLES

CANTIDAD DIA

Electrodomésticos no frío (TV, lavadoras, etc.)

Solo particulares

Electrónicos (CPU, monitores, ofimática, etc.)

Solo particulares

(*) Se requerirá al usuario la licencia de obra menor para permitir el vertido de los escombros.
Para facilitar el cumplimiento de estas restricciones debe prohibirse el vertido en esta zona con:
- Vehículos de PMA superior a 3.500 Kg.
- Todo tipo de camiones volquetes.

RESIDUOS NO ADMISIBLES
No se aceptarán en el Punto Limpio los siguientes tipos de residuos por poseer normativa
específica o por no ser de origen particular:
 Materiales sin clasificar o no identificables.
 Restos anatómicos o infecciosos, clínicos, biosanitarios o citotóxicos.
 Productos procedentes de decomisados.
 Residuos radiactivos.
 Residuos generados por actividades mineras o extractivas.
 Residuos agrícolas o ganaderos.
 Neumáticos, salvo que cuenten con convenio para su recogida conforme al Real Decreto
1619/2005.
 Residuos tóxicos y peligrosos no incluidos anteriormente (RD 952/1997, RD 833/1988).
 Recipientes voluminosos de capacidad igual o superior a 200 litros que hayan contenido
residuos peligrosos.
 Aceites de automoción (RD 679/2006). Excepto los procedentes de cambios particulares de aceite o pequeñas maquinas herramientas.
 Animales muertos y desperdicios de origen animal (Reglamento CE 1774/2002).