Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2021040093)
Decreto 79/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas.
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NÚMERO 133
Martes, 13 de julio de 2021
35719
mentación de la normativa de residuos” cofinanciadas con fondos provenientes de Transferencia del Estado con cargo al “Plan de Recuperación, Transferencia y Resiliencia de la Economía”
Artículo 2. Definiciones.
A efectos de las ayudas previstas en este decreto se tendrán en consideración las siguientes
definiciones:
a) Sistema de recogida puerta a puerta: Recogida de las diferentes fracciones de los
residuos municipales, llevándose a cabo la recogida en las entradas de las viviendas
del municipio, diferenciando las cinco fracciones principales, fracción vidrio, fracción
envases ligeros, fracción papel y cartón, fracción orgánica y fracción resto. La fracción
vidrio será opcional para la entidad beneficiaria, mediante su recogida mediante puerta
a puerta o mediante iglú. En los supuestos en los que se modifique cualquier aspecto
referente al sistema de recogida separada de envases de vidrio, deberá ajustarse a lo
estipulado en el Convenio suscrito entre la Junta de Extremadura y Ecovidrio y realizarse de mutuo acuerdo entre el beneficiario y dicha entidad.
b) Sistema de aportación en contenedor: Agrupación de los contenedores para el depósito
de los residuos municipales generados en las viviendas en las calles de los municipios,
debiendo contar con islas completas de contenedores para las cinco fracciones principales de residuos (fracción papel y cartón; fracción vidrio; fracción envases ligeros;
biorresiduo y fracción resto), estando el contenedor destinado a residuos orgánicos
cerrado y provisto de apertura individualizada por vivienda o vecino. Solamente en cascos urbanos donde por la disposición urbana, el trazado o anchura de las calles, no sea
posible la isla completa de contenedores, se podrán establecer hasta un 20% del total
de contenedores implantados, de forma individual.
c) Compostaje municipal: Proceso de generación de compost que se realiza en compostadores en un municipio, donde realizan la aportación de la fracción orgánica todos los
vecinos del municipio.
d) Área de emergencia: Zona controlada y habilitada para el depósito de las diferentes
fracciones de residuos en situaciones de emergencia, en un municipio que realiza la
recogida de residuos municipales puerta a puerta.
e) P
unto limpio: instalaciones cerradas, ambientalmente controladas, ubicadas en zonas
urbanas o periurbanas, en las que se dispone de contenedores específicos para la recogida separada de aquellos residuos municipales que requieren de una recogida y tratamiento especializado.
Martes, 13 de julio de 2021
35719
mentación de la normativa de residuos” cofinanciadas con fondos provenientes de Transferencia del Estado con cargo al “Plan de Recuperación, Transferencia y Resiliencia de la Economía”
Artículo 2. Definiciones.
A efectos de las ayudas previstas en este decreto se tendrán en consideración las siguientes
definiciones:
a) Sistema de recogida puerta a puerta: Recogida de las diferentes fracciones de los
residuos municipales, llevándose a cabo la recogida en las entradas de las viviendas
del municipio, diferenciando las cinco fracciones principales, fracción vidrio, fracción
envases ligeros, fracción papel y cartón, fracción orgánica y fracción resto. La fracción
vidrio será opcional para la entidad beneficiaria, mediante su recogida mediante puerta
a puerta o mediante iglú. En los supuestos en los que se modifique cualquier aspecto
referente al sistema de recogida separada de envases de vidrio, deberá ajustarse a lo
estipulado en el Convenio suscrito entre la Junta de Extremadura y Ecovidrio y realizarse de mutuo acuerdo entre el beneficiario y dicha entidad.
b) Sistema de aportación en contenedor: Agrupación de los contenedores para el depósito
de los residuos municipales generados en las viviendas en las calles de los municipios,
debiendo contar con islas completas de contenedores para las cinco fracciones principales de residuos (fracción papel y cartón; fracción vidrio; fracción envases ligeros;
biorresiduo y fracción resto), estando el contenedor destinado a residuos orgánicos
cerrado y provisto de apertura individualizada por vivienda o vecino. Solamente en cascos urbanos donde por la disposición urbana, el trazado o anchura de las calles, no sea
posible la isla completa de contenedores, se podrán establecer hasta un 20% del total
de contenedores implantados, de forma individual.
c) Compostaje municipal: Proceso de generación de compost que se realiza en compostadores en un municipio, donde realizan la aportación de la fracción orgánica todos los
vecinos del municipio.
d) Área de emergencia: Zona controlada y habilitada para el depósito de las diferentes
fracciones de residuos en situaciones de emergencia, en un municipio que realiza la
recogida de residuos municipales puerta a puerta.
e) P
unto limpio: instalaciones cerradas, ambientalmente controladas, ubicadas en zonas
urbanas o periurbanas, en las que se dispone de contenedores específicos para la recogida separada de aquellos residuos municipales que requieren de una recogida y tratamiento especializado.