Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2021040093)
Decreto 79/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas.
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NÚMERO 133
Martes, 13 de julio de 2021

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3. L
 a línea 5 solo podrá ser financiada en convocatorias específicas, financiadas por el Programa operativo FEDER Extremadura 2014-2020.
Artículo 26. Información y publicidad.
1. L
 as autoridades competentes pondrán en práctica sistemas de difusión, información y
publicidad de conformidad con lo establecido por la normativa comunitaria y autonómica
al respecto, según corresponda, dirigidas a las personas beneficiarias que finalmente se
beneficiarán de las ayudas del presente decreto.
Se realizarán, al menos, las siguientes medidas por las autoridades competentes:
a) La convocatoria, así como su extracto y las subvenciones concedidas serán publicadas
en el Diario Oficial de Extremadura. Asimismo, serán publicadas en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. De conformidad con cuanto dispone el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, no será necesaria la publicación en el Diario Oficial de Extremadura cuando los
importes de las subvenciones, individualmente consideradas, sean de cuantía inferior a
3.000 euros.
b) Se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, la información sobre las convocatorias, su extracto y resoluciones de concesión derivadas de las mismas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
c) Con independencia de lo anterior, se publicará la información en el Portal Electrónico de
la Transparencia y la Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma, de acuerdo
con el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo.
2. C
 uando las ayudas queden cofinanciadas con fondos FEDER, será además de aplicación lo
siguiente:
Cuando las convocatorias estén cofinanciadas con fondos de la Unión Europea, la citada
labor de difusión deberá, en todo momento, insistir en el papel desempeñado por la Unión
Europea en las medidas cofinanciadas por el FEDER. Todos los materiales subvencionados
indicaran dicha circunstancia.
a) La participación en la convocatoria de ayudas supondrá la aceptación de figurar en una
lista pública conforme dispone el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, que será objeto de publicación electrónica o por otros medios, según lo previsto en el artículo 115.2 y apartado 1 del anexo
XII, del referido Reglamento.