Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Instalaciones Eléctricas. (2021062152)
Resolución de 10 de febrero de 2021, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Badajoz, por la que se otorga autorización administrativa previa a Edistribución Redes Digitales, SLU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Reconfiguración de la línea de media tensión "FREMAP" 20 Kv, en el término municipal de Badajoz". Término municipal: Badajoz. Expte.: 06/AT-1788/17979.
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NÚMERO 132
35533
Lunes, 12 de julio de 2021
tes en el mismo emitidos por otras Administraciones Públicas, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general, el órgano sustantivo emitirá la resolución
pertinente, en la que se solventarán las problemáticas o discrepancias surgidas con motivo de
las alegaciones presentadas o discrepancias puestas de manifiesto en el procedimiento que
no hubieran quedado solventadas con anterioridad al trámite de resolución.
En el presente caso no han sido presentadas alegaciones, así como tampoco oposiciones o
condicionados por las Administraciones Públicas o entidades afectadas.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en
la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho este Servicio
RESUELVE:
Conceder a EDistribución Redes Digitales, SLU, autorización administrativa previa de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado “Reconfiguración de la línea de media
tensión “FREMAP” 20 Kv, en el término municipal de Badajoz”, cuyos datos esenciales son los
indicados seguidamente:
Línea subterránea media tensión:
Origen: Celda de MT n.º27 del CD 44559 “P.SOCORRO_5”.
Fin: Celda de MT n.º27 del CD 44653 “LA.MOLINETA_3”.
Tipo: Canalización subterránea s/c, conductor RH5Z1 18/30 kV 3(1x240)+H16mm² y una
longitud de 0,920 kM.
Emplazamiento: C/ Salvador de Madariaga, C/ Antonio Martínez Virel, C/ José Alcoba y C/
Juan Simeón Vidarte.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
35533
Lunes, 12 de julio de 2021
tes en el mismo emitidos por otras Administraciones Públicas, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general, el órgano sustantivo emitirá la resolución
pertinente, en la que se solventarán las problemáticas o discrepancias surgidas con motivo de
las alegaciones presentadas o discrepancias puestas de manifiesto en el procedimiento que
no hubieran quedado solventadas con anterioridad al trámite de resolución.
En el presente caso no han sido presentadas alegaciones, así como tampoco oposiciones o
condicionados por las Administraciones Públicas o entidades afectadas.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en
la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho este Servicio
RESUELVE:
Conceder a EDistribución Redes Digitales, SLU, autorización administrativa previa de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado “Reconfiguración de la línea de media
tensión “FREMAP” 20 Kv, en el término municipal de Badajoz”, cuyos datos esenciales son los
indicados seguidamente:
Línea subterránea media tensión:
Origen: Celda de MT n.º27 del CD 44559 “P.SOCORRO_5”.
Fin: Celda de MT n.º27 del CD 44653 “LA.MOLINETA_3”.
Tipo: Canalización subterránea s/c, conductor RH5Z1 18/30 kV 3(1x240)+H16mm² y una
longitud de 0,920 kM.
Emplazamiento: C/ Salvador de Madariaga, C/ Antonio Martínez Virel, C/ José Alcoba y C/
Juan Simeón Vidarte.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.