Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062003)
Resolución de 22 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo y "Plena Inclusión Extremadura - Federación de organizaciones en favor de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo de Extremadura", por el que se concede una subvención en el ejercicio 2021 para la promoción y fomento de la prevención de riesgos laborales de conformidad con el VIII Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales (2020-2023).
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NÚMERO 131
35259
Viernes, 9 de julio de 2021
privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no
superen las cuantías concedidas el coste total de las actuaciones subvencionadas. La superación de dicha cuantía será causa de reintegro de las cantidades percibidas en exceso.
En todo lo no previsto en este Convenio será de aplicación lo establecido en el artículo 4 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, que establece que “las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura se regirán, por la normativa básica
del Estado, por las disposiciones contenidas en la presente ley, las demás leyes aprobadas por
la Asamblea de Extremadura, las disposiciones administrativas que desarrollen esta ley, sus
propias bases reguladoras y las restantes normas de derecho administrativo y en su defecto
de derecho privado”.
Decimocuarta. Naturaleza jurídica del Convenio.
El presente Convenio posee naturaleza jurídico-administrativa, celebrándose al amparo de lo
dispuesto en el artículo 30 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de 2011, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo el orden jurisdiccional contencioso-administrativo el competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las
partes.
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente Convenio por triplicado ejemplar y
a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Por la Consejería de Educación y Empleo.
Por “Plena Inclusión Extremadura”
La Directora General de Trabajo.
El Presidente,
(P.D. Resol. 13/11/2019, de la Secretaría General,
DOE núm. 223, de 19 de noviembre),
SANDRA PACHECO MAYA
PEDRO CALDERÓN RODRÍGUEZ
35259
Viernes, 9 de julio de 2021
privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no
superen las cuantías concedidas el coste total de las actuaciones subvencionadas. La superación de dicha cuantía será causa de reintegro de las cantidades percibidas en exceso.
En todo lo no previsto en este Convenio será de aplicación lo establecido en el artículo 4 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, que establece que “las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura se regirán, por la normativa básica
del Estado, por las disposiciones contenidas en la presente ley, las demás leyes aprobadas por
la Asamblea de Extremadura, las disposiciones administrativas que desarrollen esta ley, sus
propias bases reguladoras y las restantes normas de derecho administrativo y en su defecto
de derecho privado”.
Decimocuarta. Naturaleza jurídica del Convenio.
El presente Convenio posee naturaleza jurídico-administrativa, celebrándose al amparo de lo
dispuesto en el artículo 30 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de 2011, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo el orden jurisdiccional contencioso-administrativo el competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las
partes.
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente Convenio por triplicado ejemplar y
a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Por la Consejería de Educación y Empleo.
Por “Plena Inclusión Extremadura”
La Directora General de Trabajo.
El Presidente,
(P.D. Resol. 13/11/2019, de la Secretaría General,
DOE núm. 223, de 19 de noviembre),
SANDRA PACHECO MAYA
PEDRO CALDERÓN RODRÍGUEZ