Consejería De Educación Y Empleo. Conciertos Educativos. (2021050132)
Orden de 6 de julio de 2021 por la que se convoca el procedimiento para la renovación, suscripción y modificación de los conciertos educativos para el curso académico 2021-2022 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 131
Viernes, 9 de julio de 2021
35195
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
ORDEN de 6 de julio de 2021 por la que se convoca el procedimiento para
la renovación, suscripción y modificación de los conciertos educativos para
el curso académico 2021-2022 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
(2021050132)
El régimen de los conciertos educativos se enmarca en el artículo 27 de la Constitución, que
reconoce la libertad de enseñanza junto con el derecho a la educación como pilares fundamentales de la ordenación de nuestro sistema educativo. Por medio del régimen de conciertos
se materializa el sostenimiento con fondos públicos de los centros docentes privados que, junto a los de titularidad pública, contribuyen a hacer eficaz el derecho a la educación gratuita,
siempre que reúnan los requisitos previstos en la normativa aplicable.
El régimen jurídico de los conciertos educativos se encuentra regulado en la Ley Orgánica
8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y en la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación.
La normativa básica estatal, de carácter reglamentario, se encuentra determinada en el Real
Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas
Básicas sobre Conciertos Educativos, que regula el contenido de los conciertos, así como, los
procedimientos para acogerse al régimen de conciertos y para su renovación y modificación.
El Decreto 67/2017, de 23 de mayo, por el que se establecen normas para la aplicación del
régimen de Conciertos Educativos a partir del curso académico 2017/2018, establece una
duración de cuatro años de los conciertos educativos, correspondientes a los cursos escolares
comprendidos en el cuatrienio 2017/2018 a 2020/2021, excepto en el caso de Educación Primaria, donde la duración es de seis años, extendiéndose hasta el curso 2022/2023.
Finalizado el curso escolar 2020/2021, expira el plazo de cuatro años, y se hace preciso dictar
nuevas normas procedimentales que, en ejecución del citado Real Decreto 2377/1985, de 18
de diciembre, regirán la convocatoria para suscripción, renovación, modificación y extinción
de conciertos educativos para las enseñanzas del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria, Ciclos Formativos de Grado Básico, Ciclos
Formativos de Grado Medio y de Grado Superior y Bachillerato para los cursos escolares
2021/2022 a 2024/2025, habiéndose aprobado el Decreto 64/2021, de 16 de junio, por el
que se establecen normas para la aplicación del Régimen de Conciertos Educativos durante
los cursos académicos 2021/2022 a 2024/2025, excepto para las enseñanzas de Educación
Primaria, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Viernes, 9 de julio de 2021
35195
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
ORDEN de 6 de julio de 2021 por la que se convoca el procedimiento para
la renovación, suscripción y modificación de los conciertos educativos para
el curso académico 2021-2022 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
(2021050132)
El régimen de los conciertos educativos se enmarca en el artículo 27 de la Constitución, que
reconoce la libertad de enseñanza junto con el derecho a la educación como pilares fundamentales de la ordenación de nuestro sistema educativo. Por medio del régimen de conciertos
se materializa el sostenimiento con fondos públicos de los centros docentes privados que, junto a los de titularidad pública, contribuyen a hacer eficaz el derecho a la educación gratuita,
siempre que reúnan los requisitos previstos en la normativa aplicable.
El régimen jurídico de los conciertos educativos se encuentra regulado en la Ley Orgánica
8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y en la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación.
La normativa básica estatal, de carácter reglamentario, se encuentra determinada en el Real
Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas
Básicas sobre Conciertos Educativos, que regula el contenido de los conciertos, así como, los
procedimientos para acogerse al régimen de conciertos y para su renovación y modificación.
El Decreto 67/2017, de 23 de mayo, por el que se establecen normas para la aplicación del
régimen de Conciertos Educativos a partir del curso académico 2017/2018, establece una
duración de cuatro años de los conciertos educativos, correspondientes a los cursos escolares
comprendidos en el cuatrienio 2017/2018 a 2020/2021, excepto en el caso de Educación Primaria, donde la duración es de seis años, extendiéndose hasta el curso 2022/2023.
Finalizado el curso escolar 2020/2021, expira el plazo de cuatro años, y se hace preciso dictar
nuevas normas procedimentales que, en ejecución del citado Real Decreto 2377/1985, de 18
de diciembre, regirán la convocatoria para suscripción, renovación, modificación y extinción
de conciertos educativos para las enseñanzas del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria, Ciclos Formativos de Grado Básico, Ciclos
Formativos de Grado Medio y de Grado Superior y Bachillerato para los cursos escolares
2021/2022 a 2024/2025, habiéndose aprobado el Decreto 64/2021, de 16 de junio, por el
que se establecen normas para la aplicación del Régimen de Conciertos Educativos durante
los cursos académicos 2021/2022 a 2024/2025, excepto para las enseñanzas de Educación
Primaria, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.