Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021080916)
Anuncio de 28 de junio de 2021 por el que se hace pública la memoria ambiental del Plan General Municipal de Acebo, en la forma prevista en el Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Expte.: IA11/890.
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NÚMERO 131
Viernes, 9 de julio de 2021
35373
El resto de los indicadores aportados podrá proporcionar información adicional para llevar a
cabo el seguimiento de los efectos del plan sobre el medio ambiente.
Para garantizar el cumplimiento de las medidas correctoras incluidas en el informe de sostenibilidad ambiental, así como detectar efectos no contemplados en el mismo, el promotor
deberá remitir a esta Dirección General informes acerca del cumplimiento de las medidas
correctoras y de la evolución de los indicadores de seguimiento con una periodicidad al menos
bianual, indicando el grado de cumplimiento de las medidas correctoras de los impactos en
las actuaciones derivadas del plan.
En el caso de que el plan sea sometido a modificaciones con posterioridad, deberá evaluarse
en base a la Ley 16/2015, de 23 de abril de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. Del mismo modo se actuará en el caso de planes parciales de ordenación y
de planes especiales de ordenación que no hayan sido objeto de evaluación ambiental.
9. CONCLUSIONES Y VALORACIÓN DE LOS ASPECTOS AMBIENTALES EN EL PLAN GENERAL
MUNICIPAL DE ACEBO.
A lo largo del presente documento se han analizado los aspectos ambientales tenidos en
cuenta en la propuesta del Plan General Municipal de Acebo (Cáceres) que ha sido aprobada
inicialmente. Se ha valorado el proceso de evaluación ambiental, el informe de sostenibilidad
ambiental, el resultado de las consultas realizadas y cómo se han tomado en consideración
y se analizan los efectos ambientales que el desarrollo del plan puede ocasionar. Por último,
se establece un programa de seguimiento ambiental para determinar la evolución del medio
ambiente en el ámbito de aplicación del plan y una serie de determinaciones ambientales que
será conveniente tener en cuenta en la aprobación definitiva.
La evaluación ambiental del plan cumple con todos los requisitos establecidos en la Ley
9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas
en el medio ambiente así como en la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 54/2011, de 29 de abril,
por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, habiéndose recibido toda la documentación necesaria para emitir la presente
memoria ambiental.
A la vista de la documentación aportada por el promotor, se considera que siempre y cuando
se adopten las determinaciones incluidas en el epígrafe 7 del presente documento, el Plan General Municipal de Acebo (Cáceres) será ambientalmente viable y los crecimientos propuestos
compatibles con el desarrollo racional y sostenible de la localidad.
Dado que el Plan General Municipal tendrá un amplio periodo de vigencia, será necesario
poner en marcha un programa de seguimiento ambiental que permita identificar los efectos
Viernes, 9 de julio de 2021
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El resto de los indicadores aportados podrá proporcionar información adicional para llevar a
cabo el seguimiento de los efectos del plan sobre el medio ambiente.
Para garantizar el cumplimiento de las medidas correctoras incluidas en el informe de sostenibilidad ambiental, así como detectar efectos no contemplados en el mismo, el promotor
deberá remitir a esta Dirección General informes acerca del cumplimiento de las medidas
correctoras y de la evolución de los indicadores de seguimiento con una periodicidad al menos
bianual, indicando el grado de cumplimiento de las medidas correctoras de los impactos en
las actuaciones derivadas del plan.
En el caso de que el plan sea sometido a modificaciones con posterioridad, deberá evaluarse
en base a la Ley 16/2015, de 23 de abril de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. Del mismo modo se actuará en el caso de planes parciales de ordenación y
de planes especiales de ordenación que no hayan sido objeto de evaluación ambiental.
9. CONCLUSIONES Y VALORACIÓN DE LOS ASPECTOS AMBIENTALES EN EL PLAN GENERAL
MUNICIPAL DE ACEBO.
A lo largo del presente documento se han analizado los aspectos ambientales tenidos en
cuenta en la propuesta del Plan General Municipal de Acebo (Cáceres) que ha sido aprobada
inicialmente. Se ha valorado el proceso de evaluación ambiental, el informe de sostenibilidad
ambiental, el resultado de las consultas realizadas y cómo se han tomado en consideración
y se analizan los efectos ambientales que el desarrollo del plan puede ocasionar. Por último,
se establece un programa de seguimiento ambiental para determinar la evolución del medio
ambiente en el ámbito de aplicación del plan y una serie de determinaciones ambientales que
será conveniente tener en cuenta en la aprobación definitiva.
La evaluación ambiental del plan cumple con todos los requisitos establecidos en la Ley
9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas
en el medio ambiente así como en la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 54/2011, de 29 de abril,
por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, habiéndose recibido toda la documentación necesaria para emitir la presente
memoria ambiental.
A la vista de la documentación aportada por el promotor, se considera que siempre y cuando
se adopten las determinaciones incluidas en el epígrafe 7 del presente documento, el Plan General Municipal de Acebo (Cáceres) será ambientalmente viable y los crecimientos propuestos
compatibles con el desarrollo racional y sostenible de la localidad.
Dado que el Plan General Municipal tendrá un amplio periodo de vigencia, será necesario
poner en marcha un programa de seguimiento ambiental que permita identificar los efectos