Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021080916)
Anuncio de 28 de junio de 2021 por el que se hace pública la memoria ambiental del Plan General Municipal de Acebo, en la forma prevista en el Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Expte.: IA11/890.
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NÚMERO 131
Viernes, 9 de julio de 2021

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enterramiento, así como la disponibilidad de terreno para su ampliación si fuese necesario.
Visto lo anterior, esta Dirección General de Salud Pública, competente en materia de Sanidad
Mortuoria, en virtud de lo dispuesto en el artículo 8 del Anexo I del Decreto 221/2008, de 24
de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Salud y correspondiendo a esta Dirección General la competencia en materia de ordenación y dirección de la
Policía Sanitaria Mortuoria y en base el artículo 23 , Decreto 161/2002, de 19 de noviembre,
por el que se aprueba el reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, en el que se recoge que
los Planes Generales Municipales de Ordenación y las Normas Subsidiarias de Planeamiento,
habrán de incluir entre los documentos informativos un estudio sobre las necesidades de
cementerios del conjunto de la población afectada, resuelve informar favorablemente sobre
el Plan General Municipal de Acebo en cuanto a la aplicación del Decreto 161/2002, de 19 de
noviembre, por el que se aprueba el reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.
Asimismo, ponemos en su conocimiento que todo proyecto de construcción, ampliación o
reforma de cementerio (en el que se incluye la construcción de nuevas unidades de enterramiento, o ampliación de superficie) está sujeto a autorizaciones sanitarias, tanto de construcción como de funcionamiento o utilización.
Dirección General de Arquitectura de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales: informa
favorablemente al PGM de Acebo en lo referente a los bienes con destino Vivienda, adscritos
a la D.G. de Arquitectura de la Consejería de Sanidad o Políticas Sociales.
Servicio de Infraestructuras Viarias de la Dirección General de Carreteras y Obras Hidráulicas: informa que la carretera afectada de titularidad autonómica es la EX – 205 de Portugal a
Hervás, que discurre por la zona sur del término municipal, de oeste a este, encontrándose el
núcleo urbano bastante alejado de ésta, a la que se accede a través de la intersección situada
en el P.K. 38+700.
El PGM constituirá el nuevo instrumento de ordenación integral del territorio municipal de
ACEBO y como tal regulará y definirá el régimen urbanístico del suelo y de la edificación y el
ámbito de aplicación del Plan lo constituye la totalidad del término municipal.
Se han definido en los planos de Ordenación Estructural, como zona de protección de infraestructuras en Suelo No Urbanizable, la envolvente máxima de todas las zonas de influencia de
la carretera y de la línea de edificación. Se han incorporado en la Normativa Urbanística, la
afección de la carretera autonómica EX 205 (artículo 3.1.1.8) y la ficha resumen como suelo
no urbanizable de protección de infraestructuras carreteras (artículo 3.4.2.6), conforme a lo
estipulado en la Ley 7/95 de Carreteras de Extremadura.
Se hace la advertencia que cualquier trámite o actuación (licencia, calificación urbanística,
etc.) en zonas de afección de carreteras y accesos con la EX – 205 indicada en los planos,