Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061999)
Resolución de 22 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación Educativa para la realización de prácticas académicas externas, entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Universidad Católica Santa Teresa de Jesús de Ávila.
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NÚMERO 130
Jueves, 8 de julio de 2021
35037
La persona que ejerza la Tutoría General podrá contar, de ser ello necesario, atendido el
número de alumnos y alumnas, y la complejidad de las prácticas a realizar, con la ayuda de
personas que lleven a cabo una Tutoría Colaboradora.
La identidad de la persona que ejerza la Tutoría General, de las que ejerza la tutoría Colaboradora, y del Tutor o Tutora Académica de las prácticas constará, para cada curso académico,
en el anexo IV a este convenio, anexo que se actualizará anualmente y/o cuando las partes
lo estimen necesario.
Los derechos y deberes de todos los tutores, General, Colaboradores y Académico, son los
que figuran en los anexos V, VI y VII, que deberán ser entregados a cada tutor.
Séptima. Cobertura de riesgos.
El alumnado que desarrollen las prácticas académicas tendrá la consideración de estudiantes a todos los efectos. Por lo tanto, dependerán en todo de la UCAV. Durante el período de
prácticas todos los alumnos estarán cubiertos por el Seguro Escolar, así como por un seguro
adicional privado, suscrito por la UCAV, que cubra los riesgos de accidente y responsabilidad
civil por daños a terceros.
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales no se hará responsable de los accidentes que
los alumnos puedan sufrir en el transcurso de las prácticas, así como tampoco de los daños
que pudieran ocasionar a personas y bienes por la realización de estas.
El seguro escolar obligatorio cubre a los estudiantes menores de 28 años y al corriente de la
cuota correspondiente. El ámbito temporal de cobertura es el año escolar.
Para aquellos alumnos o alumnas, que no disfruten de la cobertura del Seguro Escolar, la
UCAV dará cobertura a las contingencias que pudieran producirse durante el desarrollo de las
prácticas mediante la suscripción de un seguro de accidentes y de responsabilidad civil por
los daños propios o a terceros que pudieran ser causados por el alumnado en el curso de las
prácticas, asumiendo los costes derivados de las suscripciones de los seguros.
Además, la UCAV suscribirá una póliza de responsabilidad civil que cubrirá los riesgos que,
como consecuencia de la actividad de sus estudiantes dentro de los diferentes centros de
prácticas pudiera producirse, y que deberá de adjuntarse al presente convenio dentro de sus
documentos anexos.
Octava. Protección de datos de carácter personal.
Todos los afectados por el presente Convenio y anexos devendrán obligados por las disposiciones y exigencias de los establecido en la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Jueves, 8 de julio de 2021
35037
La persona que ejerza la Tutoría General podrá contar, de ser ello necesario, atendido el
número de alumnos y alumnas, y la complejidad de las prácticas a realizar, con la ayuda de
personas que lleven a cabo una Tutoría Colaboradora.
La identidad de la persona que ejerza la Tutoría General, de las que ejerza la tutoría Colaboradora, y del Tutor o Tutora Académica de las prácticas constará, para cada curso académico,
en el anexo IV a este convenio, anexo que se actualizará anualmente y/o cuando las partes
lo estimen necesario.
Los derechos y deberes de todos los tutores, General, Colaboradores y Académico, son los
que figuran en los anexos V, VI y VII, que deberán ser entregados a cada tutor.
Séptima. Cobertura de riesgos.
El alumnado que desarrollen las prácticas académicas tendrá la consideración de estudiantes a todos los efectos. Por lo tanto, dependerán en todo de la UCAV. Durante el período de
prácticas todos los alumnos estarán cubiertos por el Seguro Escolar, así como por un seguro
adicional privado, suscrito por la UCAV, que cubra los riesgos de accidente y responsabilidad
civil por daños a terceros.
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales no se hará responsable de los accidentes que
los alumnos puedan sufrir en el transcurso de las prácticas, así como tampoco de los daños
que pudieran ocasionar a personas y bienes por la realización de estas.
El seguro escolar obligatorio cubre a los estudiantes menores de 28 años y al corriente de la
cuota correspondiente. El ámbito temporal de cobertura es el año escolar.
Para aquellos alumnos o alumnas, que no disfruten de la cobertura del Seguro Escolar, la
UCAV dará cobertura a las contingencias que pudieran producirse durante el desarrollo de las
prácticas mediante la suscripción de un seguro de accidentes y de responsabilidad civil por
los daños propios o a terceros que pudieran ser causados por el alumnado en el curso de las
prácticas, asumiendo los costes derivados de las suscripciones de los seguros.
Además, la UCAV suscribirá una póliza de responsabilidad civil que cubrirá los riesgos que,
como consecuencia de la actividad de sus estudiantes dentro de los diferentes centros de
prácticas pudiera producirse, y que deberá de adjuntarse al presente convenio dentro de sus
documentos anexos.
Octava. Protección de datos de carácter personal.
Todos los afectados por el presente Convenio y anexos devendrán obligados por las disposiciones y exigencias de los establecido en la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de