Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062000)
Resolución de 22 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Universidad de Extremadura, para para la realización de un estudio sobre el impacto del sector del tabaco.
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NÚMERO 130
Jueves, 8 de julio de 2021
35063
en el caso de que sea necesario, los documentos y datos que posean, relacionados con el
ámbito de este convenio cuando le sean solicitados por la Universidad de Extremadura para
la consecución de aquel objeto.
El desarrollo científico del convenio correrá a cargo del Profesor Julián Ramajo Hernández de
la Universidad de Extremadura, profesor Doctor, Catedrático del Área de Métodos Cuantitativos de la UEX.
Para realizar el impulso y seguimiento del presente convenio, así como para la prestación
de la conformidad previa a la aportación de la cantidad señalada en la cláusula tercera, se
constituirá en el plazo máximo de un mes desde su firma, una Comisión de Seguimiento que
conocerá de las cuestiones relativas al desarrollo del mismo, resolverá las dudas en su interpretación, solventará las posibles discrepancias que puedan surgir en su ejecución y elaborará
propuestas orientadas a mejorar la ejecución de las actuaciones previstas en aquél.
Dicha Comisión estará formada por dos miembros de cada parte firmante. La Presidencia y
la Secretaría de la Comisión serán ejercidas por las personas designadas por la Secretaría
General de Población y Desarrollo Rural.
Esta Comisión podrá contar con la asistencia de los técnicos y asesores que se estimen convenientes. Además de lo anterior, la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural nombrará una Dirección Técnica encargada de verificar la conformidad del trabajo realizado por la
Universidad de Extremadura con lo estipulado en el presente convenio.
La Comisión ajustará su régimen de organización y funcionamiento al previsto para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexta. Justificación de la realización del objeto del convenio.
La justificación de la realización del objeto del convenio deberá presentarse por la Universidad
de Extremadura ante la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural dentro del periodo
de vigencia del mismo, y exigirá la presentación de una Memoria de las actuaciones realizadas, tanto en formato papel como en formato digital.
Una vez comprobada la documentación justificativa del cumplimiento del objeto del convenio,
y prestada la conformidad de la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula anterior, se
procederá a través de un único pago al abono de la cantidad a aportar por la Consejería de
Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, que exigirá además la previa justificación
de los gastos y pagos realizados para la ejecución del convenio, como mínimo, en la cuantía
aportada por la Junta de Extremadura, mediante certificación expedida por el Gerente de la
Universidad de Extremadura o el funcionario en quien delegue en el plazo máximo de 45 días
desde la fecha de vencimiento del periodo de vigencia del mismo.
Jueves, 8 de julio de 2021
35063
en el caso de que sea necesario, los documentos y datos que posean, relacionados con el
ámbito de este convenio cuando le sean solicitados por la Universidad de Extremadura para
la consecución de aquel objeto.
El desarrollo científico del convenio correrá a cargo del Profesor Julián Ramajo Hernández de
la Universidad de Extremadura, profesor Doctor, Catedrático del Área de Métodos Cuantitativos de la UEX.
Para realizar el impulso y seguimiento del presente convenio, así como para la prestación
de la conformidad previa a la aportación de la cantidad señalada en la cláusula tercera, se
constituirá en el plazo máximo de un mes desde su firma, una Comisión de Seguimiento que
conocerá de las cuestiones relativas al desarrollo del mismo, resolverá las dudas en su interpretación, solventará las posibles discrepancias que puedan surgir en su ejecución y elaborará
propuestas orientadas a mejorar la ejecución de las actuaciones previstas en aquél.
Dicha Comisión estará formada por dos miembros de cada parte firmante. La Presidencia y
la Secretaría de la Comisión serán ejercidas por las personas designadas por la Secretaría
General de Población y Desarrollo Rural.
Esta Comisión podrá contar con la asistencia de los técnicos y asesores que se estimen convenientes. Además de lo anterior, la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural nombrará una Dirección Técnica encargada de verificar la conformidad del trabajo realizado por la
Universidad de Extremadura con lo estipulado en el presente convenio.
La Comisión ajustará su régimen de organización y funcionamiento al previsto para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexta. Justificación de la realización del objeto del convenio.
La justificación de la realización del objeto del convenio deberá presentarse por la Universidad
de Extremadura ante la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural dentro del periodo
de vigencia del mismo, y exigirá la presentación de una Memoria de las actuaciones realizadas, tanto en formato papel como en formato digital.
Una vez comprobada la documentación justificativa del cumplimiento del objeto del convenio,
y prestada la conformidad de la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula anterior, se
procederá a través de un único pago al abono de la cantidad a aportar por la Consejería de
Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, que exigirá además la previa justificación
de los gastos y pagos realizados para la ejecución del convenio, como mínimo, en la cuantía
aportada por la Junta de Extremadura, mediante certificación expedida por el Gerente de la
Universidad de Extremadura o el funcionario en quien delegue en el plazo máximo de 45 días
desde la fecha de vencimiento del periodo de vigencia del mismo.